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política

Juez ordena que la prisión preventiva de Santiago Peña se cumpla en cuartel militar

Redaccion BM Online•8 de noviembre de 2026 a las 07:15 a. m.•Asunción

Tres hombres en reunión dentro de un despacho judicial con escritorio de madera y bandera paraguaya.

La prisión preventiva de Santiago Peña no se ejecutará en una penitenciaría ordinaria tras una resolución dictada por la Justicia paraguaya. El juez penal de Garantías Humberto Otazú resolvió que el exjefe de Estado quede recluido en el Regimiento Escolta Presidencial de Asunción. La medida judicial fue adoptada en el marco del proceso penal abierto para investigar supuestas anomalías financieras vinculadas a la entidad Ueno Bank.

Motivos judiciales para evitar una cárcel ordinaria

El magistrado argumentó que el perfil del procesado requiere extremar los cuidados respecto a su integridad física y la preservación de secretos de Estado. Durante su comparecencia, Otazú detalló que el exmandatario administró reportes confidenciales y datos estratégicos sobre el crimen organizado a lo largo de su mandato presidencial.

Según explicó la autoridad judicial, el acceso previo a información sensible del ámbito financiero y de seguridad nacional representaba un factor de riesgo objetivo. Por este motivo, el juzgado descartó remitir al expresidente a una cárcel común para salvaguardar su custodia efectiva. La disposición busca asegurar que el encausado permanezca vinculado a los requerimientos del proceso penal sin exponer su seguridad.

La postura de la defensa jurídica sobre el régimen militar

La decisión coincidió con el planteamiento realizado por el representante legal del exmandatario, el abogado Ricardo Preda. La defensa técnica había requerido formalmente que, de resolverse la prisión preventiva de Santiago Peña, el cumplimiento se diera en una dependencia de las Fuerzas Armadas, señalando como alternativas viables el Regimiento Escolta Presidencial o la prisión militar de Viñas Cue.

Preda insistió ante la sede judicial en que la permanencia en un recinto militar no constituye un privilegio indebido ni un trato preferencial. A su criterio, el Estado paraguayo tiene la obligación de resguardar a quienes tuvieron en sus manos planes estratégicos relativos al combate contra bandas delictivas organizadas. Esta situación generó diversas lecturas en el ámbito forense respecto a la paridad con otros acusados dentro de la misma causa.

Alcance legal y derivaciones en el caso de la entidad bancaria

El desarrollo procesal derivado de la prisión preventiva de Santiago Peña marca un precedente particular dentro del sistema penitenciario y judicial paraguayo. A diferencia de otros involucrados en la causa de la institución bancaria, el expresidente contará con una custodia militar permanente dentro de una unidad castrense.

El Ministerio Público continúa con los requerimientos investigativos correspondientes para esclarecer el grado de intervención de los sospechosos en las presuntas maniobras financieras. Las autoridades judiciales señalaron que la medida cautelar privativa de libertad busca asegurar el estricto sometimiento del procesado a los mandatos de la Justicia mientras avanzan las pesquisas sobre el sistema bancario.

Datos clave

  • El juez penal Humberto Otazú dispuso que el exmandatario permanezca recluido bajo custodia militar dentro del Regimiento Escolta Presidencial.
  • La información sensible sobre crimen organizado y finanzas manejada durante la gestión gubernamental motivó la resolución judicial.
  • El abogado defensor Ricardo Preda descartó privilegios y alegó estrictas razones de seguridad de Estado para evitar una penitenciaría común.
  • La causa penal abierta investiga presuntas irregularidades financieras vinculadas con las operaciones de la entidad Ueno Bank.

Fuente: elnacional.com.py

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