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JEM definirá en noviembre posible investigación al juez Carlos Mendoza Peña tras fallo a narco

Redaccion BM Online•30 de octubre de 2026 a las 03:06 p. m.•Asunción

Hombre de traje gris, anteojos y corbata con diseño sentado en un escritorio de oficina frente a una computadora portátil

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados analiza la actuación del juez Carlos Mendoza Peña, luego de que concediera arresto domiciliario a un sentenciado por narcotráfico. La determinación institucional sobre las acciones a emprender quedó marcada en el calendario para finales de noviembre en la sede de Asunción. Esta revisión surge a partir de reportes periodísticos sobre la flexibilización de la reclusión para un reo con pena de dieciséis años.

Plazos legales y facultades del órgano juzgador

Durante su última reunión, los integrantes del pleno tomaron conocimiento formal del caso que involucra al titular del Juzgado de Ejecución Especializado en Crimen Organizado. Se estipuló que el próximo 26 de noviembre vencerá el periodo habilitante para que la entidad actúe por iniciativa propia. Conforme al artículo 18 de la Ley 6814/2021, deben transcurrir veinte días hábiles previos sin que se registren denuncias de partes afectadas o de instituciones públicas.

Si la Fiscalía General, el Congreso o la Defensoría del Pueblo no presentan un reclamo acusatorio formal durante dicho periodo, el cuerpo colegiado quedará facultado para intervenir de oficio. En ese contexto, se estudiará si corresponde la apertura de una pesquisa preliminar, el enjuiciamiento inmediato del juez Carlos Mendoza Peña o bien la desestimación directa y archivo del expediente judicial, trámite que exige una mayoría calificada de seis votos afirmativos.

La sesión contó con la presencia de la presidenta Alicia Pucheta, el ministro César Garay, el diputado Diego Candia, el consejero Enrique Berni y el senador Pedro Díaz Verón. Asimismo, participaron por medios telemáticos el vicepresidente primero de la institución, Manuel Ramírez Candia, y el senador Mario Varela, quienes acompañaron el tratamiento del orden del día.

Argumentos médicos frente a la postura fiscal

El centro de la polémica radica en el Auto Interlocutorio dictado el 23 de octubre, donde el juzgado admitió el pedido formulado por la defensa de Atilano Arteta Aponte. Dicho sentenciado, de 64 años, cumple condena por tráfico internacional y recibió el beneficio de arresto domiciliario temporal por noventa días debido a una afección abdominal posquirúrgica crónica. Para el juez Carlos Mendoza Peña, el cuadro de salud encuadra legalmente en el supuesto de enfermedad grave fijado en el artículo 239 del Código de Ejecución Penal paraguayo.

Por su parte, los representantes del Ministerio Público rechazaron enfáticamente esta medida sustitutiva bajo el criterio de que los diagnósticos y análisis médicos no justifican por sí solos el cese del régimen carcelario. Un dictamen forense institucional señaló que las atenciones básicas de sanidad pueden suministrarse dentro de la penitenciaría, aunque requiera traslados externos ocasionales para procedimientos complejos, por lo que la permanencia en reclusión no implicaba una complicación inevitable comprobada.

Antecedentes penales del condenado por narcotráfico

El beneficiario del dictamen judicial fue hallado culpable en diciembre del año 2023 por un Tribunal de Sentencia que le impuso dieciséis años de prisión, castigo que fenecerá recién en junio del año 2035. Sus tres hijos recibieron penalizaciones de doce años por formar parte de la misma red delictiva dedicada a la recepción de cargamentos ilícitos procedentes de Bolivia.

Las pesquisas que llevaron a dicha condena se remontan a junio del año 2019 con la denominada Operación Pescador, operativo coordinado entre agentes antinarcóticos y fiscales que decomisó 457 kilos de cocaína. El caso derivó en la intervención penitenciaria que ahora somete a control público la gestión del juez Carlos Mendoza Peña ante las autoridades disciplinarias competentes.

Datos clave

  • Fecha clave establecida: el 26 de noviembre vence el plazo legal para que el órgano disciplinario decida si interviene de oficio.
  • Mayoría requerida: se necesitan seis votos coincidentes en el pleno para ordenar un enjuiciamiento o archivar los antecedentes.
  • Condena prolongada: el beneficiado cumple una pena privativa de libertad de dieciséis años que concluye en el 2035 por el decomiso de 457 kilos de cocaína.
  • Oposición fiscal: el Ministerio Público sostuvo que los cuidados médicos pueden garantizarse bajo custodia penitenciaria ordinaria.

Fuente: abc.com.py

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