La condena a Hernán Rivas a ocho años de pena privativa de libertad fue dictada este jueves por la Justicia paraguaya tras determinarse que utilizó instrumentos apócrifos para ejercer la profesión legal en Asunción. El Tribunal de Sentencia consideró plenamente acreditado que el exparlamentario recurrió a documentaciones de contenido no auténtico para simular su formación universitaria.
El fallo judicial unánime fue emitido tras una prolongada deliberación de más de tres horas por parte de los magistrados María Fernanda García de Zúñiga, Juan Carlos Zárate Pastor y Yolanda Portillo. El veredicto puso fin a un extenso debate público sobre la validez de los títulos académicos en las altas esferas del poder público.
Las pruebas y el alcance institucional del caso
Durante el juzgamiento, el Ministerio Público sostuvo que la documentación atribuida al exlegislador carecía de respaldo real en los registros de la carrera de Derecho. Los agentes fiscales Patricia Sánchez, Luz Guerrero y Christian Benítez habían solicitado una sanción penal de doce años de encierro penitenciario.
La representación fiscal expuso tres momentos decisivos donde se consumó la utilización de los documentos irregulares. El primero aconteció en 2020 cuando la Cámara de Diputados aprobó su designación ante el órgano juzgador de magistrados mediante una resolución formal.
Posteriormente, en 2021, el dirigente gestionó y obtuvo su matrícula profesional ante la máxima instancia judicial a través del acta correspondiente. La última designación cuestionada se produjo en 2023, cuando la Cámara Alta volvió a nombrarlo como delegado parlamentario ante el mismo cuerpo colegiado.
Los fundamentos de la condena a Hernán Rivas
Al fundamentar la sanción aplicada, los integrantes del Tribunal Colegiado explicaron que la gravedad del hecho ameritaba un alto nivel de reproche ético y penal. La condena a Hernán Rivas se sustentó en el perjuicio ocasionado al sistema republicano debido al acceso a puestos de control judicial mediante instrumentos ilegítimos.
El exlegislador formó parte activa del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, institución consagrada por la Constitución para remover o sancionar a jueces y fiscales en Paraguay. En ese contexto, el procesado no solo integró la mesa directiva de dicho cuerpo sancionador, sino que llegó a presidirlo temporalmente.
Los jueces señalaron que este fallo judicial que establece la condena a Hernán Rivas marca un precedente relevante sobre las consecuencias de alterar acreditaciones profesionales. Consideraron que las secuelas del ilícito rebasaron la esfera particular y afectaron directamente la credibilidad de la administración de justicia nacional.
La postura de la defensa durante el juzgamiento
Por su parte, la representante técnica de la defensa, Alba Zaracho, solicitó la absolución total de su defendido a lo largo del proceso oral. La profesional argumentó que los investigadores no lograron clarificar el mecanismo exacto a través del cual se habrían gestionado los certificados observados.
La defensa cuestionó la suficiencia probatoria arrimada a los autos y sostuvo que la pesquisa fiscal dejó aristas sin agotar antes de formular la acusación. A criterio de la abogada, no existían certezas concluyentes para atribuir directamente la autoría material de la confección documental al excongresista.
Pese a estos argumentos, el Colegiado desestimó el pedido de sobreseimiento y dio plena validez a las pericias y testimonios recabados por el Ministerio Público. De esta manera, tras conocerse la condena a Hernán Rivas en la sede judicial capitalina, el exsenador queda sentenciado formalmente a cumplir la pena privativa de libertad fijada por los magistrados.
Datos clave
- Pena impuesta: El Tribunal de Sentencia fijó una sanción de ocho años de cárcel para el exlegislador por producción y uso de documentos públicos de contenido falso.
- Órgano juzgador: El tribunal colegiado estuvo presidido por la jueza María Fernanda García de Zúñiga, junto a Juan Carlos Zárate Pastor y Yolanda Portillo.
- Petición fiscal: El Ministerio Público había requerido originalmente una pena de doce años de prisión durante sus alegatos finales.
- Impacto institucional: Los documentos cuestionados permitieron que el acusado obtuviera su matrícula ante la Corte y ejerciera la presidencia del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.






