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economía

Bancos de Panamá deberán verificar identidad antes de transferir dinero y transparentar créditos

Redacción BM Online•8 de octubre de 2026 a las 10:00 p. m.•Ciudad de Panamá

Dos personas sostienen teléfonos inteligentes que muestran aplicaciones de banca digital y una transferencia recibida.

Las transferencias electrónicas en el sistema bancario panameño deberán someterse a una verificación previa del destinatario antes de ser aprobadas por el usuario. La Superintendencia de Bancos de Panamá oficializó la disposición mediante nuevas normativas que buscan reducir los fraudes y los errores en el envío de fondos. La medida también contempla mayores exigencias de claridad en la información que reciben los clientes sobre los préstamos financieros.

Nuevas reglas para transferencias electrónicas

El Acuerdo 8-2026 de la autoridad bancaria establece que las instituciones financieras tendrán que validar que el nombre del beneficiario coincida con los datos registrados en la cuenta receptora. Este procedimiento deberá aplicarse de manera totalmente gratuita antes de que la persona confirme la operación en su plataforma digital. Con este mecanismo preventivo, el regulador busca evitar que los usuarios envíen dinero a destinatarios equivocados debido a engaños o equivocaciones tipográficas.

La exigencia abarcará tanto a la banca oficial como a las entidades con licencia general que presten servicios por internet, aplicaciones móviles y billeteras electrónicas. Asimismo, el control funcionará para operaciones entre cuentas del mismo banco o entre diferentes instituciones radicadas en Panamá. La comprobación también incluirá transacciones gestionadas a través de identificadores alternativos, como números telefónicos o correos electrónicos.

Alertas de seguridad y confirmación del usuario

La pantalla de confirmación deberá presentar con total claridad el nombre de la institución de destino, el titular de la cuenta, el monto y el identificador utilizado. Cuando el sistema detecte que el nombre introducido no coincide con los registros oficiales, emitirá una alerta visual que advertirá sobre el riesgo existente. El cliente mantendrá la potestad de decidir si continúa con el envío o si prefiere cancelar la operación de inmediato.

Por otro lado, las entidades deberán almacenar registros digitales de cada validación, advertencia y autorización procesada en sus plataformas. Estos datos únicamente podrán ser utilizados para fines de verificación, ejecución y auditorías internas. La puesta en marcha de estas exigencias de seguridad para transferencias electrónicas entrará en vigencia nueve meses después de la publicación oficial de la resolución regulatoria.

Mayor transparencia en préstamos y amortizaciones

De forma paralela, la Superintendencia aprobó el Acuerdo 9-2026 para postergar la aplicación de normativas crediticias previas hasta el 31 de marzo de 2027. Este plazo otorgará a las entidades bancarias el margen necesario para adecuar sus plataformas tecnológicas y operativas. La normativa obligará a presentar tablas de amortización detalladas que muestren el costo real de cada préstamo solicitado.

El desglose financiero deberá ilustrar con precisión cuánto dinero corresponde al capital, a los intereses nominales y efectivos, y a las comisiones aplicables. En el caso de los créditos hipotecarios, el esquema incluirá seguros, cargos de renovación y aportes al Fondo Especial de Compensación de Intereses. Esta iniciativa busca garantizar que los usuarios comprendan con exactitud cómo se reduce el saldo pendiente en cada cuota mensual pagada.

Relevancia regional e impacto en la banca digital

Las actualizaciones normativas adoptadas en plazas bancarias consolidadas como la panameña suelen servir de referencia para los reguladores del resto de América Latina. En economías con creciente digitalización de pagos, la sincronización entre identificadores y nombres reales representa una barrera clave frente a modalidades de estafa cibernética. Este tipo de medidas refuerza la confianza en los canales digitales y asegura mayor certidumbre jurídica a los usuarios financieros.

Datos clave

  • Verificación previa: los bancos panameños deberán mostrar el nombre del titular antes de concretar cualquier transferencia.
  • Plazo de adaptación: la normativa para operaciones electrónicas se aplicará en un plazo de nueve meses desde su promulgación.
  • Alertas por discrepancias: si los datos no coinciden, el usuario recibirá una advertencia pero mantendrá la decisión final.
  • Transparencia crediticia: las instituciones deberán incluir tablas de amortización detalladas con el desglose total de costos desde marzo de 2027.

Fuente: infobae.com

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