El nuevo salario mínimo agrícola para los operadores de maquinaria pesada experimentó una suba del 25 % en República Dominicana, alcanzando los 27.500 pesos dominicanos mensuales tras un consenso tripartito. El titular del Ministerio de Trabajo, Eddy Olivares Ortega, comunicó la medida oficializada mediante la Resolución 11/2026, emitida a finales de septiembre de 2026.
La disposición beneficia a trabajadores de todo el país caribeño y actualiza además las tarifas fijadas por faenas específicas en el campo. De este modo, los operarios que percibían 22.000 pesos mensuales pasarán a cobrar el monto actualizado, equivalente a unos 455 dólares estadounidenses.
Nuevas escalas y alcance del salario mínimo agrícola
El acuerdo alcanzado en el marco del Comité Nacional de Salarios comprende también ajustes específicos para las diversas labores agrícolas mecanizadas. Entre las tareas actualizadas destacan las labores de corte de arado, corte con rastra, siembra, fangueo, surqueo, aporque, chapeo, abonado, nivelación con gredar, zanjeo, recolección de cultivos y fumigación.
Según la nueva tabla salarial aprobada en las negociaciones, el corte de arado se fijó en 23,70 pesos dominicanos por tarea, mientras que el fangueo subió a 116,53 pesos y la nivelación con gredar a 183,63 pesos. En cuanto a la recolección de granos, la cosecha de arroz y maíz se determinó en 16,88 pesos por saco, y la recolección de sorgo quedó establecida en 8,38 pesos por saco.
Por otra parte, la disposición gubernamental aclaró el estatus salarial para el personal de apoyo dentro del esquema productivo. Quienes se desempeñen como ayudantes, tractoristas de acarreo y vigilantes de maquinarias pasarán a percibir la remuneración básica general que rige para los trabajadores del sector privado no sectorizado.
Consenso tripartito y resguardo de remuneraciones
El ministro Olivares destacó que el ajuste es fruto de un diálogo responsable entre el Estado, las centrales obreras y las organizaciones de empleadores agrícolas. La concertación de la escala definitiva se concretó tras intensas deliberaciones donde se buscó equilibrar las condiciones de vida de los operarios con la sostenibilidad del sector agropecuario.
En relación con la protección de los ingresos preexistentes, las autoridades laborales recordaron la plena vigencia del artículo 217 del Código de Trabajo de ese país. Aquellos trabajadores que ya recibían haberes por encima del salario mínimo agrícola conservarán intactas sus remuneraciones y podrán pactar mejores condiciones con sus respectivos empleadores.
Asimismo, el organismo ministerial estableció la obligatoriedad para las patronales agrícolas de registrar de manera rigurosa las horas efectivas trabajadas por cada persona. Esta exigencia administrativa apunta a garantizar la transparencia en la liquidación de haberes y verificar el estricto cumplimiento de las jornadas establecidas.
Reconocimiento a la tecnificación en el campo
La actualización salarial coincidió con manifestaciones oficiales de respaldo hacia los técnicos y profesionales que impulsan las tareas agropecuarias. El mandatario dominicano, Luis Abinader, subrayó la importancia de modernizar los procesos de cultivo para afianzar el rendimiento y acompañar de forma integral a los productores locales.
Desde el sector público se resaltó la labor de especialistas agrónomos y operadores técnicos que garantizan la salud de las plantaciones y la adecuada provisión de nutrientes a los cultivos. La revisión periódica de las retribuciones rurales busca no solo dotar de certidumbre económica a las empresas del rubro, sino también fortalecer el poder adquisitivo de las familias vinculadas a la actividad agrícola.
Datos clave
- Aumento fijado: El incremento para los operarios de máquinas pesadas es del 25 %, alcanzando los 27.500 pesos dominicanos mensuales.
- Tarifas actualizadas: Se ajustaron los pagos por tarea en faenas como arado, fangueo, nivelación y recolección de arroz y maíz.
- Resguardo legal: Quienes ya ganaban por encima del nuevo piso conservarán sus ingresos conforme al artículo 217 del Código de Trabajo.
- Registro obligatorio: Los empleadores deberán llevar un control diario de horas trabajadas por cada empleado en las fincas.






