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Uruguay aprueba residencia por arraigo para miles de migrantes cubanos con solicitudes de refugio

Redacción BM Online•12 de octubre de 2026 a las 01:35 a. m.•Montevideo

Fila de personas que esperan de pie sosteniendo sobres de manila frente al acceso de un edificio público.

La residencia por arraigo fue habilitada formalmente por el gobierno de Uruguay para otorgar una solución documental definitiva a personas extranjeras que permanecían estancadas en prolongados procesos de asilo. La normativa, formalizada a través de un decreto oficial, beneficiará principalmente a miles de ciudadanos procedentes de Cuba que no encontraban resolución a sus expedientes. La disposición comenzará a regir 90 días después de su difusión formal en el registro estatal.

Un mecanismo extraordinario de regularización migratoria

El decreto rubricado por las autoridades uruguayas dispone que los extranjeros ingresados al país antes del 1 de enero de 2026 podrán gestionar este permiso definitivo. La medida abarca a quienes mantienen expedientes de asilo todavía pendientes de dictamen y a personas que ya recibieron una denegatoria firme. De esa forma, se intenta descomprimir la saturación de los organismos administrativos.

Según los registros suministrados por la Comisión de Refugiados, al concluir junio existían 30.715 trámites de asilo en espera de una determinación en suelo uruguayo. Cerca del 89% de ese total corresponde a personas de nacionalidad cubana, evidenciando una profunda concentración demográfica. Sin embargo, apenas 52 solicitantes de dicha procedencia consiguieron el reconocimiento oficial como refugiados en el territorio.

Este notable contraste administrativo forzó a miles de familias a residir durante años en condiciones de vulnerabilidad e incertidumbre legal. Aunque este nuevo régimen no examina el fondo de las solicitudes originales, brinda una salida pragmática para facilitar la inserción formal en el mercado laboral y la vida civil cotidiana.

Requisitos del trámite de residencia por arraigo

Para postularse a la residencia por arraigo, los migrantes deberán cumplir una condición fundamental y excluyente en sede administrativa. Quienes mantengan un pedido de refugio en curso tendrán que desistir formalmente del mismo para abrir el nuevo expediente de radicación definitiva. Este desistimiento constará en las actuaciones y será notificado a la autoridad de asilo.

El funcionario estatal interviniente tendrá la obligación legal de asesorar previamente al postulante sobre el alcance del desistimiento. A pesar de esta exigencia, la reglamentación contempla que la persona regularizada podrá solicitar nuevamente amparo internacional en el futuro si emergieran nuevos factores que pongan en riesgo su integridad.

Asimismo, los interesados deben certificar un ingreso legal a Uruguay a través de un puesto fronterizo habilitado y carecer de impedimentos judiciales. Entre los recaudos generales figuran un documento de identidad vigente, certificado de antecedentes penales de los países habitados en el último lustro y constancias sanitarias de vacunación.

Medios de vida y contemplaciones humanitarias

El reglamento estipula que la Dirección Nacional de Migración evaluará casos de excepción frente a las notorias dificultades documentales que afrontan los ciudadanos de Cuba. Cuando medien trabas consulares o costos económicos desmedidos en la isla, las autoridades podrán flexibilizar la presentación de ciertos antecedentes mediante justificaciones fundadas.

En cuanto al sustento económico, los postulantes deberán justificar ingresos propios o del núcleo familiar afincado en la República Oriental del Uruguay. Esto se verificará mediante aportes formales registrados en el Banco de Previsión Social o por certificaciones notariales de ingresos superiores al salario mínimo legal vigente.

La ventana de inscripción para esta regularización extraordinaria permanecerá abierta durante 12 meses, contando con una potencial prórroga de un año adicional. Durante el periodo de evaluación, la administración migratoria emitirá credenciales provisorias que garanticen la tranquilidad de los solicitantes.

La afluencia de personas procedentes de la isla se incrementó sustancialmente durante los últimos periodos en la región. Muestra de ello es que más de 11.000 ciudadanos cubanos transitaron entre enero y octubre de 2025 por el puesto integrado de Santana do Livramento y Rivera, consolidando al Cono Sur como destino de radicación.

Datos clave

  • Población alcanzada: Beneficiará a personas con pedidos de asilo en trámite o rechazados que hayan ingresado a Uruguay antes del 1 de enero de 2026.
  • Condición excluyente: Los solicitantes deberán desistir de manera formal de sus peticiones de refugio para acogerse al programa de radicación.
  • Sustento exigido: Será obligatorio acreditar ingresos legítimos iguales o superiores al salario mínimo nacional ante las autoridades.
  • Plazo de vigencia: El trámite estará disponible por un lapso de 12 meses desde su entrada en vigor, con posibilidad de prórroga.

Fuente: infobae.com

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