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Suspenden al presidente de puerto Santo Tomás tras una denuncia penal en Guatemala

Redacción BM Online•28 de octubre de 2026 a las 01:55 a. m.•Ciudad de Guatemala

Hombre con traje y anteojos levantando la mano frente a instalaciones portuarias y una bandera de Guatemala.

La administración del puerto Santo Tomás atraviesa una profunda controversia institucional luego de que el máximo tribunal de justicia suspendiera de manera provisional a su principal directivo. La resolución fue dictada por la Corte de Constitucionalidad de Guatemala contra José Adalberto de la Peña Aguilar, quien ejercía la presidencia de la junta directiva de la entidad pública portuaria. La medida responde a una acción constitucional presentada por una denunciante dentro de una causa penal abierta por supuesta violencia contra la mujer en su manifestación psicológica.

El fallo de la máxima instancia constitucional se definió por una mayoría de tres votos contra dos y determinó el cese temporal de las atribuciones del funcionario. Esta determinación rige hasta tanto se resuelva en forma definitiva la petición de amparo promovida contra el presidente de la República, Bernardo Arévalo, a quien se le cuestionaba no haber revocado el nombramiento ante las causales de inhabilidad establecidas en la ley.

Decisión judicial sobre la cúpula de puerto Santo Tomás

El pronunciamiento de los magistrados constitucionales dejó en suspenso la designación que el mandatario guatemalteco había firmado el 24 de abril de 2024. A partir de esta orden, De la Peña Aguilar no podrá ejercer ninguna de las funciones específicas de la presidencia de la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla. Paralelamente, el tribunal ordenó al Poder Ejecutivo arbitrar los mecanismos administrativos necesarios para sustituir el cargo y sostener el normal funcionamiento operativo del complejo marítimo.

Los fundamentos jurídicos del tribunal se asentaron en el artículo 12, inciso e), de la Ley Orgánica que rige a la institución. Dicho precepto normativo prohíbe de forma taxativa que integren la directiva aquellas personas que tengan procesos administrativos, juicios de cuentas o causas penales pendientes en los tribunales. La magistratura concluyó que el auto de procesamiento penal dictado contra el directivo encuadra provisionalmente en esta incompatibilidad destinada a salvaguardar la probidad pública.

Los alcances del proceso penal y las medidas cautelares

El origen de este conflicto constitucional radica en una denuncia promovida ante el Juzgado de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio de Izabal. Dicho órgano jurisdiccional dictó el procesamiento formal del funcionario el 29 de abril de 2026, señalándolo por presunta violencia psicológica hacia una mujer cuya identidad se mantiene bajo reserva. La afectada acudió a la vía constitucional al considerar vulnerada la legalidad con la permanencia del directivo en la conducción del puerto Santo Tomás.

Como parte de las resoluciones de coerción procesal, el juez a cargo dispuso que el imputado cumpla arresto domiciliario sin custodia y prohibición de abandonar el territorio nacional sin permiso. Además, el juzgado le impuso la restricción de comunicarse o acercarse a la denunciante y la obligación de firmar de forma periódica ante el Ministerio Público. Estas disposiciones cautelares se encuentran en desarrollo y no constituyen una condena formal contra el encausado.

Por su parte, los representantes del Poder Ejecutivo argumentaron ante el tribunal que la vinculación a un proceso penal no debía implicar una remoción automática. En su descargo institucional, la Presidencia sostuvo que apartar al funcionario lesionaba el principio de presunción de inocencia y el derecho de defensa en el ejercicio de funciones públicas. Sin embargo, la Corte privilegió una tutela preventiva para evitar perjuicios irreparables a la legalidad administrativa del puerto Santo Tomás.

Nuevas órdenes de captura y pesquisas por corrupción

El escenario judicial del funcionario cesado se agravó recientemente con la emisión de una orden de aprehensión formal por supuestos delitos de corrupción. La medida fue emanada por el Juzgado Tercero Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente. Entre las imputaciones que le atribuye el Ministerio Público figuran abuso de autoridad, asociación ilícita, incumplimiento de deberes y obstaculización a la acción penal.

De acuerdo con los antecedentes de la investigación, el exdirectivo aparece vinculado al esquema conocido como la Casa de los Chocobananos, un entramado bajo pesquisa por supuestas irregularidades en contratos del Estado. Las autoridades judiciales han otorgado un plazo perentorio de 48 horas a las partes procesales y a la fiscalía para que presenten sus alegatos finales en el expediente constitucional en curso.

Datos clave

  • Suspensión oficial: La Corte de Constitucionalidad apartó provisionalmente al presidente de la portuaria estatal por una causa penal abierta.
  • Incompatibilidad legal: La normativa orgánica prohíbe formar parte de la directiva a personas con procesos penales pendientes ante la justicia.
  • Causa penal: El directivo enfrenta imputaciones por presunta violencia psicológica hacia una mujer en el departamento de Izabal.
  • Nueva orden de captura: La justicia penal ordenó la detención del funcionario por presunto abuso de autoridad y asociación ilícita.

Fuente: infobae.com

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