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Justicia otorga el sobreseimiento definitivo al diputado Mauricio Espínola tras acuerdo

Desarrollo Redes•16 de octubre de 2026 a las 03:22 p. m.•Asunción

Mauricio Espínola con traje oscuro y corbata naranja declara frente a micrófonos de prensa.

El caso que involucra al parlamentario culminó formalmente en el ámbito penal al quedar Mauricio Espínola sobreseído de forma definitiva en Asunción, luego de que el juzgado homologara un resarcimiento a los deudos de la víctima. La jueza penal de garantías Rossana Diana Raquel Carvallo Estigarribia ratificó la validez del entendimiento económico alcanzado entre el legislador y la viuda del conductor afectado. Con esta determinación, el órgano judicial declaró extinguida la acción punitiva que investigaba el Ministerio Público.

Los alcances del acuerdo conciliatorio homologado

La salida procesal se formalizó durante una audiencia preliminar en la que la ciudadana Viviana Elizabeth Bordón Chávez, viuda de Emilio Benítez Chaparro, confirmó su conformidad plena con la propuesta. El legislador entregó una suma total de 80.000.000 de guaraníes destinada a la manutención y resguardo de la mujer y del hijo menor que quedó huérfano.

La representación legal acreditó mediante escrituras notariales y constancias añadidas al expediente que el imputado cubrió previamente todos los requerimientos asistenciales. Estos desembolsos abarcaron atenciones médicas de urgencia, internación en terapia intensiva, servicios fúnebres y el entierro de la persona siniestrada.

Detalles del siniestro vial en el barrio Mburicaó

El percance que dio origen a la pesquisa ocurrió el pasado 16 de mayo cerca de las 18:35 en la intersección de Cerro Corá y Kubitschek. En dicho cruce capitalino, la camioneta Toyota Fortuner que guiaba el diputado impactó contra la motocicleta conducida por Benítez Chaparro.

A raíz de las heridas de gravedad y un traumatismo craneoencefálico de consideración, la víctima fue derivada de urgencia al Hospital de Trauma. Tras permanecer varios días internado bajo pronóstico reservado, el deceso del motociclista se constató el 27 de mayo en dicho nosocomio.

Resolución judicial deja a Mauricio Espínola sobreseído

La agente del Ministerio Público Mercedes Vera Monges formuló oportunamente una imputación contra el legislador bajo la tipificación de presunto homicidio culposo, conforme al artículo 107 del Código Penal paraguayo. Dicha figura legal contempla los casos donde no existe intencionalidad deliberada en causar la muerte, sino una conducta imprudente al volante.

La decisión que dejó a Mauricio Espínola sobreseído se apoyó en la conformidad explícita manifestada por la viuda en sede judicial. La mujer señaló a la magistrada su deseo de cerrar el proceso penal para enfocarse plenamente en el bienestar y la crianza de su pequeño descendiente.

El marco procesal de la reparación integral

El Código Procesal Penal paraguayo contempla en su artículo 25 inciso décimo la posibilidad de culminar las causas punitivas por medio de la reparación integral del daño en hechos culposos. Este mecanismo legal busca garantizar una respuesta civil efectiva y rápida para las víctimas, aliviando la carga del sistema penal cuando las partes logran solucionar el conflicto.

Al resolverse que queda Mauricio Espínola sobreseído mediante el auto interlocutorio número 1294, la jueza Carvallo dispuso la cancelación inmediata de todas las medidas cautelares que se le habían fijado al parlamentario. La resolución judicial subrayó además de forma expresa que la tramitación de esta causa no perjudica el honor ni el buen nombre del procesado en sus registros legales.

Datos clave

  • Extinción penal: La jueza de garantías Rossana Carvallo decretó el sobreseimiento definitivo del diputado y extinguió la acción legal.
  • Acuerdo económico: El parlamentario pagó 80.000.000 de guaraníes a la viuda y al hijo menor, tras haber cubierto previamente los gastos médicos y fúnebres.
  • Hecho culposo: El caso fue investigado como presunto homicidio culposo tras un choque ocurrido el 16 de mayo en Asunción, donde falleció un motociclista.
  • Salida procesal: La fiscalía y las partes solicitaron aplicar el artículo 25 inciso 10 del Código Procesal Penal sobre reparación integral del daño.

Fuente: abc.com.py

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