La condena a Miguel Cuevas a cinco años de pena privativa de libertad quedó firme luego de que la Sala Penal de la máxima instancia judicial declarara inadmisible el recurso extraordinario promovido por su representación legal. La resolución judicial confirmó la sanción impuesta al exlegislador de la Asociación Nacional Republicana por la comisión del hecho punible de enriquecimiento ilícito. El dictamen consolida la decisión adoptada en las etapas anteriores del proceso penal.
Junto a la reclusión penitenciaria, el fallo judicial mantuvo vigentes las medidas accesorias establecidas en el juzgamiento original. La resolución judicial fija una inhabilitación especial de cinco años para ejercer cargos en la función pública una vez purgada la pena. Igualmente, la disposición ratifica el comiso de bienes patrimoniales y conserva las medidas cautelares de embargo e inhibición general para gravar y vender propiedades registradas a nombre del afectado.
Confirmación de la condena a Miguel Cuevas en la Sala Penal
El pronunciamiento de la máxima instancia se consolidó a través de una postura mayoritaria conformada por dos magistrados. El ministro preopinante Eugenio Jiménez Rolón, junto a su colega Gustavo Santander Dans, determinó que el planteamiento de la defensa técnica no reunió las condiciones formales exigidas por el Código Procesal Penal para habilitar el estudio extraordinario.
En su fundamentación jurídica, los magistrados concluyeron que los argumentos del abogado defensor Guillermo Duarte Cacavelos reflejaban exclusivamente una disconformidad con el criterio de las instancias precedentes. Según el criterio de la mayoría, los agravios expuestos no lograron demostrar defectos formales graves ni vulneraciones constitucionales que justificaran la anulación de lo resuelto por los tribunales inferiores.
La postura en disidencia y los antecedentes del caso
En contrapartida al criterio de la mayoría, la ministra María Carolina Llanes emitió un voto discrepante dentro de la Sala Penal. La magistrada sostuvo que la casación reunía las exigencias procesales para su tratamiento de fondo, al considerar que la defensa identificó las causales legales pertinentes y expuso sus cuestionamientos de manera técnica.
El expediente registra como antecedente directo el pronunciamiento del Tribunal de Apelación Penal de la Cuarta Sala de la Capital dictado a finales de diciembre de 2023. En aquella oportunidad, los camaristas Arnaldo Fleitas, Arnulfo Arias y María Belén Agüero validaron la condena a Miguel Cuevas junto con la incautación patrimonial de tres inmuebles situados en el distrito de Sapucái, departamento de Paraguarí, valorados en más de G. 1.934 millones.
Durante el proceso ordinario, el agente fiscal anticorrupción Luis Piñánez había requerido una pena de diez años de encierro carcelario para el exparlamentario. Asimismo, el Ministerio Público solicitó el comiso especial de activos por un monto superior a G. 5.700 millones, cifra que finalmente fue reducida durante la cuantificación del perjuicio admitido en la sentencia.
Estado actual de la causa y acciones pendientes
Con la resolución emitida por la Sala Penal concluye la revisión ordinaria del proceso penal ordinario en los estrados judiciales. No obstante, aún resta una definición pendiente en el ámbito constitucional sobre los fallos que permitieron elevar la causa a juicio oral y público.
La representación jurídica del exlegislador mantiene abierta una acción de inconstitucionalidad planteada ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia. Hasta que dicha acción sea evaluada, la condena a Miguel Cuevas representa un precedente firme en materia de persecución penal de delitos económicos cometidos en el ejercicio de la administración estatal.
Datos clave
- Pena ratificada: La Sala Penal de la Corte confirmó cinco años de cárcel y cinco años de inhabilitación para ejercer cargos públicos contra el exlegislador.
- Votación dividida: Los ministros Eugenio Jiménez Rolón y Gustavo Santander Dans votaron por la inadmisibilidad del recurso, mientras que María Carolina Llanes votó en disidencia.
- Pérdida de patrimonio: Quedó firme el comiso de bienes por más de G. 1.934 millones, que comprende tres propiedades ubicadas en Sapucái.
- Trámite residual: Queda pendiente de resolución una acción de inconstitucionalidad presentada contra las resoluciones que elevaron la causa a juicio oral.






