El tribunal competente ratificó que en el caso Sol Chávez la odontóloga condenada deberá permanecer recluida para purgar su castigo penal. La Primera Sala del Tribunal de Apelación Penal de Asunción desestimó el recurso planteado por la defensa de la procesada. De este modo, la profesional continuará recluida en el penal establecido por la Justicia para cumplir su sentencia por homicidio culposo.
Argumentos de la defensa y respuesta del Tribunal
La representación jurídica de la odontóloga Lilia Graciela Espinoza buscó frenar la ejecución de la condena privativa de libertad. La defensa sostuvo que la resolución que ordenó su captura carecía de firmeza debido a una acción de inconstitucionalidad aún pendiente de resolución en la Corte Suprema de Justicia.
Sin embargo, la Cámara de Apelación concluyó que la simple interposición de una acción de inconstitucionalidad no frena el cumplimiento de una condena penal. Los magistrados señalaron que, mientras no exista una orden de suspensión emanada por el órgano constitucional pertinente, la ejecución debe seguir su curso regular conforme a derecho.
Los camaristas sustentaron su postura en los mandatos de los artículos 295 del Código de Ejecución Penal y 493 del Código Procesal Penal. Conforme a estas normativas paraguayas, los jueces de ejecución tienen la potestad ineludible de hacer cumplir las sanciones carcelarias dictadas válidamente.
El avance judicial en el caso Sol Chávez
El lamentable suceso investigado en el caso Sol Chávez ocurrió el 9 de abril de 2021, cuando la joven paciente perdió la vida debido a una grave intoxicación. Las pericias demostraron que la víctima consumió cuatro cápsulas de flúor de 500 miligramos, sumando una cantidad total de 2.000 miligramos recetada por la odontóloga.
La investigación judicial concluyó en una condena de cuatro años de penitenciaría para Espinoza por homicidio culposo. La sentencia también alcanzó a la química farmacéutica Sandra Hermosa por su actuar negligente al preparar la fórmula indicada.
Durante el juzgamiento se comprobó que la farmacéutica no advirtió que la dosis solicitada por la paciente resultaba letal para una persona. La profesional debió comunicarse con la médica tratante antes de elaborar el producto para cumplir con las normas de seguridad sanitaria vigentes.
Reclusión penitenciaria y cómputo de la condena
Con esta confirmación judicial, la sentenciada continuará recluida en el Complejo Penitenciario para Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada. En este establecimiento del Departamento de Cordillera cumplirá los cuatro años de sanción dispuestos por la justicia ordinaria.
De acuerdo con la liquidación establecida por el juzgado de ejecución, la odontóloga completará la totalidad de la pena el 1 de septiembre de 2030. Con esta postura, la magistratura ratifica el avance efectivo de las resoluciones en el caso Sol Chávez.
Datos clave
- Pena ratificada: El Tribunal de Apelación confirmó la pena de cuatro años de prisión para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza.
- Vía constitucional desestimada: La justicia determinó que una acción de inconstitucionalidad no suspende la ejecución de una condena penal.
- Antecedente del hecho: La muerte de Sol Chávez ocurrió en abril de 2021 debido a una intoxicación provocada por una sobredosis de flúor recetada.
- Cómputo judicial: La profesional de la salud permanecerá recluida en la penitenciaría de Emboscada hasta septiembre de 2030.






