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Marinos mercantes reclaman anular el tope jubilatorio del IPS frente al Palacio de Justicia

Redaccion BM Online•29 de octubre de 2026 a las 12:51 p. m.•Asunción

Grupo de marinos mercantes sostienen pancartas de reclamo frente a la sede judicial de Sajonia.

El conflicto en torno al tope jubilatorio del IPS motivó una nueva movilización de trabajadores del sector naviero frente a la sede judicial de Asunción. Un grupo de marinos mercantes retirados y en actividad se congregó en la Plaza de la Justicia, en el barrio Sajonia, para exigir el acatamiento de una resolución de la Corte Suprema de Justicia dictada hace casi diez años. La protesta se produjo poco después de que un juzgado penal de garantías desestimara una acción de amparo constitucional promovida por los afectados contra la institución previsional.

Los manifestantes sostienen que sus reclamos tienen sustento constitucional y normativo. Durante la convocatoria, los referentes gremiales recordaron que aportaron sobre ingresos sustancialmente más elevados que la media nacional, por lo que consideran que el límite actual vulnera sus derechos laborales y económicos reconocidos en instancias judiciales.

La disputa legal por el tope jubilatorio del IPS

El origen del litigio se remonta al año 2013, cuando miembros de la Marina Mercante iniciaron un reclamo judicial contra la Ley 98/92, normativa que establece el Régimen Unificado de Jubilaciones y Pensiones. Los trabajadores recurrieron a la máxima instancia judicial al considerar injusta la aplicación del límite máximo fijado legalmente, equivalente a diez salarios mínimos mensuales. Según explicó el marino Nelson Delvalle, los demandantes se ampararon en el artículo 40 de la Carta Magna, el cual tutela el derecho ciudadano a dirigir peticiones a las autoridades públicas.

El 22 de diciembre de 2016, a través del Acuerdo y Sentencia número 1.917/16, la Corte Suprema de Justicia resolvió hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad promovida por los navieros. Dicho fallo dejó sin efecto los artículos 3 y 4 de la mencionada legislación para los accionantes. Sin embargo, los huelguistas denuncian que la disposición quedó convertida en letra muerta debido a la falta de ejecución por parte de la previsional.

Postura de los navieros frente a los argumentos oficiales

Desde el Instituto de Previsión Social se ha sostenido que la entidad no formó parte del proceso en el que se dictó la sentencia de inconstitucionalidad. Frente a esta versión, Nelson Delvalle replicó que el artículo 554 del Código Procesal Civil paraguayo determina que en ese tipo de procesos constitucionales únicamente se requiere la intervención del fiscal general del Estado, quien efectivamente representó los intereses públicos en aquella causa.

Asimismo, los manifestantes rechazaron las afirmaciones oficiales sobre el eventual impacto financiero de sus haberes. Delvalle aclaró que el padrón de accionantes cuenta con 129 personas, pero puntualizó que actualmente solo 54 marinos mercantes reúnen los requisitos para jubilarse bajo este régimen diferenciado. Con este argumento, el vocero descartó que este grupo pueda desestabilizar las finanzas del seguro social paraguayo.

Por su parte, el capitán Nelson Samudio remarcó que las remuneraciones del sector naviero fluctúan habitualmente entre 50 y 70 millones de guaraníes mensuales. Esta escala salarial responde al auge de la navegación sobre la hidrovía Paraguay-Paraná, donde opera una de las flotas de barcazas más grandes del continente. Samudio enfatizó que sus aportes previsionales guardaron proporción directa con esos salarios, motivo por el cual demandan una asignación acorde y sin trabas administrativas.

El pedido de diálogo institucional y garantías jurídicas

Los navegantes solicitaron la conformación de una mesa de trabajo con el titular de la previsional, doctor Derlis León, y los miembros del consejo de administración. El objetivo de este encuentro busca entablar un debate técnico para destrabar el cumplimiento de la orden judicial. A su vez, los tripulantes pidieron celeridad a las autoridades de la Corte Suprema de Justicia para ratificar los efectos de las sentencias firmes.

El manifestante Jorge Ibarra subrayó que ningún fallo de la máxima instancia puede ser desconocido por una entidad autárquica del Estado. Ibarra destacó que los trabajadores retirados son los principales interesados en preservar la solidez patrimonial de la previsional paraguaya, dado que esperan percibir sus haberes de manera continua y previsible a lo largo del tiempo.

La discusión sobre el tope jubilatorio del IPS continúa abierta en el ámbito judicial y administrativo. Mientras los jubilados navieros anuncian la continuidad de medidas de vigilia pacífica, el sector patronal y las autoridades de seguridad social evalúan los alcances financieros de una medida que sienta precedentes en el derecho laboral del país.

Datos clave

  • Sentencia judicial: La Corte Suprema de Justicia falló en diciembre de 2016 a favor de los marinos mercantes mediante el Acuerdo y Sentencia número 1.917/16.
  • Número de beneficiarios: De los 129 firmantes de la acción judicial original, actualmente son 54 los marinos en condiciones de acogerse a la jubilación.
  • Ingresos y aportes: El sector naviero percibe salarios promedio de entre 50 y 70 millones de guaraníes en remolcadores y buques de la hidrovía fluvial.
  • Mesa de diálogo: Los manifestantes solicitaron una reunión formal con el presidente del IPS, Derlis León, para destrabar la ejecución del fallo.

Fuente: abc.com.py

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