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Refugiados en Panamá pueden ser contratados en cualquier empresa como mano de obra local

Redacción BM Online•29 de octubre de 2026 a las 07:45 p. m.•Ciudad de Panamá

Mano sosteniendo un pasaporte y un formulario de Acnur frente a una bandera panameña en una oficina estatal.

Los refugiados en Panamá tienen habilitado el acceso a puestos laborales en cualquier empresa del territorio nacional sin ser considerados mano de obra extranjera. Así lo ratificaron las autoridades migratorias y laborales tras una sesión de la Comisión Nacional para los Refugiados. El marco normativo vigente establece que este colectivo cuenta con la misma consideración que los trabajadores locales al momento de una contratación formal.

La aclaración fue emitida por la directora de la Oficina Nacional para la Atención de Refugiados, Tania Lam, quien remarcó la importancia de erradicar dudas operativas en el sector productivo. Las estadísticas oficiales indican que hasta mitad de año residían unas 8.500 personas bajo esta condición o en trámite de solicitud, procedentes primordialmente de Colombia, Cuba, Nicaragua, Venezuela y El Salvador.

Oportunidades laborales para refugiados en Panamá

El acceso al mercado formal exige que cada beneficiario gestione un permiso especial expedido por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. Dicha documentación cuenta con una validez anual y puede ser renovada a lo largo de tres ejercicios consecutivos. Una vez cumplido ese lapso, la persona puede requerir la residencia permanente y acceder a una autorización de trabajo indefinida.

Representantes gubernamentales señalaron que persiste un marcado desconocimiento entre los empleadores privados respecto a estas disposiciones. Muchas compañías asumen de manera equivocada que contratar a personas con este estatus consume las cuotas restringidas para personal foráneo. Por tal motivo, los organismos públicos llamaron a difundir las normativas para dinamizar la inclusión socioeconómica.

Alianzas del sector privado y formación técnica

Frente a este escenario, la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados impulsa el programa denominado Empresas con Refugiados. La iniciativa regional, nacida originalmente en Brasil, promueve buenas prácticas corporativas, generación de competencias y oportunidades de negocio independientes. En el ámbito panameño ya son más de una treintena de compañías las que respaldan activamente este esquema.

El plan contempla convenios con centros de capacitación técnica como el Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano y el Instituto Técnico Superior del Este. El objetivo consiste en calificar la mano de obra para cubrir vacancias en ramas productivas clave, facilitando que la población vulnerable logre autonomía financiera y aporte tributario al país receptor.

Metas globales y cumplimiento del orden legal

Durante la cumbre institucional se abordó la iniciativa internacional orientada a recortar en un cincuenta por ciento el desplazamiento prolongado para el año 2035. La autosuficiencia económica resulta fundamental para que las personas protegidas dejen atrás la asistencia humanitaria y colaboren activamente con el crecimiento de las comunidades que las acogen.

Las autoridades enfatizaron que la permanencia y protección legal conllevan el acatamiento riguroso de las leyes nacionales. En la misma jornada se resolvió revocar el estatus a dos personas por infracciones al ordenamiento jurídico, mientras que se aprobó otorgar la condición a dos ciudadanos nicaragüenses y a un solicitante de nacionalidad haitiana.

Datos clave

  • Marco laboral favorable: la legislación laboral panameña califica a las personas refugiadas como mano de obra local y no foránea.
  • Trámite de habilitación: el permiso expedido por el Ministerio de Trabajo se actualiza cada año durante un trienio antes de habilitar la residencia definitiva.
  • Población protegida: el registro oficial computa cerca de 8.500 personas entre solicitantes y refugiados reconocidos en el país.
  • Cumplimiento legal: la protección estatal queda sin efecto de forma inmediata ante conductas que vulneren el orden público nacional.

Fuente: infobae.com

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