El juicio político a Santiago Peña generó duros cuestionamientos de profesionales del derecho tras la decisión del Congreso de continuar con el enjuiciamiento en Asunción, pese a que el mandatario ya presentó su dimisión formal. Juristas independientes advirtieron que mantener el trámite parlamentario dilata la salida del gobernante y desnaturaliza el objetivo constitucional de la destitución. La controversia jurídica creció luego de que la sesión para tratar la renuncia quedara sin cuórum.
Las objeciones jurídicas ante la renuncia presidencial
El abogado Ezequiel Santagada criticó con firmeza la postura adoptada por las bancadas opositoras en el Parlamento. Para el profesional, insistir con la destitución en lugar de admitir la dimisión beneficia de manera indirecta al oficialismo y prolonga la estadía de la máxima autoridad en el Palacio de López.
Santagada señaló que esta estrategia parlamentaria evidencia una falta de visión política clara. A su criterio, retener a la máxima autoridad por unos días adicionales no asegura que termine en prisión ni resuelve las investigaciones pendientes en el fuero ordinario.
Asimismo, el jurista remarcó que las causas penales no dependen del veredicto que emita la Cámara de Senadores. La Justicia penal ordinaria mantiene la potestad de indagar cualquier presunto hecho punible cometido durante la gestión pública, independientemente de la resolución adoptada en el ámbito legislativo.
Argumentos constitucionales sobre el juicio político a Santiago Peña
Por su parte, el abogado Theodore Stimson fundamentó sus reparos en el diseño de la Carta Magna paraguaya. Según su análisis, el juicio político a Santiago Peña carece de sentido práctico si el funcionario ya manifestó formalmente su voluntad de abandonar el cargo.
Stimson explicó que el artículo constitucional correspondiente tiene como único propósito remover a una autoridad que permanece en funciones. Cuando un presidente se aparta del poder, el objeto del juicio desaparece y la competencia recae exclusivamente en los tribunales ordinarios.
Incluso, el especialista comparó la exigencia de someter a un mandatario dimitente a comparecer obligatoriamente ante el Senado con una privación ilegítima de la libertad. Desde su óptica jurídica, el Congreso no puede retener a un ciudadano contra su voluntad si este ya formalizó su renuncia.
El debate sobre los fueros y la senaduría vitalicia
La principal justificación de los legisladores que impulsan el juicio político a Santiago Peña radica en evitar que asuma como senador vitalicio. El artículo 189 de la Constitución Nacional prohíbe expresamente esa condición a los mandatarios sometidos a enjuiciamiento legislativo y declarados culpables.
Sin embargo, Santagada recordó que expresidentes como Horacio Cartes y Mario Abdo Benítez ya reclamaron fueros parlamentarios en situaciones precedentes. A pesar de las discrepancias doctrinales sobre la inmunidad de los senadores vitalicios, la costumbre parlamentaria suele admitir tales prerrogativas.
Frente a ese escenario, el profesional aclaró que cualquier blindaje legislativo puede revocarse mediante un pedido formal de desafuero remitido por un juez competente. Por este motivo, consideró innecesario dilatar la crisis institucional mediante un juicio extenso cuando un magistrado ordinario puede solicitar el levantamiento de las inmunidades.
El Senado fijó la reanudación del proceso para escuchar los alegatos de la defensa presidencial. Hasta que ambas cámaras acepten formalmente la renuncia en sesión conjunta, la investidura presidencial permanece vigente y sujeta al procedimiento del artículo 225 constitucional.
Datos clave
- Postura jurídica: Los abogados Ezequiel Santagada y Theodore Stimson cuestionaron prolongar el enjuiciamiento cuando el mandatario ya presentó su dimisión.
- Propósito constitucional: Stimson argumentó que el juicio político busca únicamente la remoción del cargo y pierde sentido si la autoridad dimite.
- Inmunidades y fueros: Santagada afirmó que la senaduría vitalicia no frena investigaciones judiciales si un juez solicita el desafuero.
- Situación actual: La dimisión presidencial no fue tratada por falta de cuórum, por lo que el proceso legislativo sigue activo en el Senado.






