El intendente de Luque, Carlos Echeverría Estigarribia, afronta una imputación formulada por el Ministerio Público por el presunto hecho punible de desacato de una orden judicial. La disposición fiscal responde a la aparente negativa del municipio a remitir informes públicos exigidos formalmente por la Justicia paraguaya. La causa tiene relación con la cuestionada adjudicación directa de un predio municipal a una entidad deportiva local.
Los motivos de la imputación contra el intendente de Luque
La causa penal se desprende de un juicio de amparo promovido inicialmente por el ciudadano Alcides Natividad Núñez Albera. En dicho proceso constitucional, la magistratura resolvió ordenar a la administración municipal la remisión inmediata de antecedentes vinculados a la venta directa de un inmueble. Pese a que el mandato judicial fue dictado formalmente a comienzos de año y notificado a través del sistema electrónico institucional, el requerimiento no fue respondido.
La agente fiscal Laura Ramírez Riveros, titular de la Unidad Penal Número 6 de Luque, constató que no existen registros del cumplimiento de la sentencia. La representante fiscal remarcó que las autoridades comunales tenían la obligación formal de remitir todos los expedientes administrativos que respaldaron la adjudicación del terreno. Al ignorarse las reiteradas comunicaciones jurídicas, la conducta atribuida a la gestión que encabeza el intendente de Luque derivó en la apertura de este proceso penal.
Inconsistencias millonarias en resoluciones comunales
El origen del litigio se relaciona estrechamente con la transferencia de una propiedad perteneciente a la comuna luqueña a favor del Club Natividad Núñez Pérez. Al analizar la documentación disponible sobre esta operación inmobiliaria, los intervinientes detectaron llamativas irregularidades administrativas que encendieron las alarmas judiciales.
La investigación fiscal detectó la existencia de dos documentos oficiales rotulados de forma idéntica como Resolución I.M. Número 448 del año 2023. Ambos textos poseen prácticamente la misma redacción administrativa, pero consignan montos económicos totalmente dispares para la misma venta. Mientras que una de las resoluciones fijaba un costo total de 146.400.000 guaraníes, el otro documento estipulaba el valor del terreno en apenas 46.400.000 guaraníes, dejando una brecha de 100 millones de guaraníes sin sustento claro.
Medidas cautelares solicitadas y alcances de la ley
Ante los indicios colectados, el Ministerio Público presentó el acta de imputación y solicitó una serie de medidas alternativas que afectarán al intendente de Luque. La fiscalía requirió la fijación de un domicilio procesal, la obligación de comparecer mensualmente ante el juzgado interviniente, la prohibición de salir del territorio nacional y la imposición de una fianza real suficiente.
Asimismo, la representación fiscal solicitó un período de seis meses al juzgado penal de garantías para concluir las pesquisas pertinentes y presentar el requerimiento conclusivo. Cabe destacar que el desacato se encuentra regulado dentro de la legislación penal de la República mediante la Ley Número 4711 del año 2012. Esta normativa legal contempla sanciones que van desde seis meses hasta dos años de pena privativa de libertad, o bien la aplicación de una multa económica para quienes ignoren los fallos judiciales.
Datos clave
- Causa penal: El Ministerio Público procesó a las autoridades locales por omitir la entrega de documentación requerida formalmente por una sentencia judicial.
- Incongruencia documental: Existen dos resoluciones municipales con idéntico número que presentan una diferencia económica de 100 millones de guaraníes en la venta de un terreno.
- Medidas solicitadas: La fiscalía requirió fianza real, arraigo domiciliario, firma mensual ante el juzgado y prohibición de abandonar el país.
- Sanción prevista: La Ley 4711/12 castiga el delito de desacato con penas de seis meses a dos años de prisión o multas monetarias.






