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política

Plantean revisar los fallos del JEM tras la condena judicial a Hernán Rivas

Redacción BM Online•28 de septiembre de 2026 a las 10:55 p. m.•Asunción

Luis Lezcano Claude con traje oscuro y anteojos sostiene un ejemplar de la Constitución Nacional

Los fallos del JEM firmados por Hernán Rivas deben ser sometidos a una exhaustiva revisión jurídica tras confirmarse su condena penal por uso de documentos no auténticos. Así lo sostuvo el exministro de la Corte Suprema de Justicia, Luis Lezcano Claude, en declaraciones brindadas en Asunción. Según el especialista en derecho constitucional, la declaración judicial abre un escenario inédito en la institucionalidad de la República del Paraguay.

Un hecho nuevo tras la condena a Hernán Rivas

El jurista Luis Lezcano Claude manifestó que la certeza de que el exlegislador carecía del título habilitante para ocupar un escaño en el órgano extrapoder genera una situación jurídica atípica. Al no reunir los requisitos constitucionales mínimos para integrar el colegiado, todas las decisiones adoptadas bajo su rúbrica quedan expuestas a cuestionamientos sobre su validez y legitimidad.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados cumple la función esencial de juzgar el desempeño de jueces y agentes fiscales en el país. Por esta razón, el marco legal paraguayo exige que los integrantes que representan al Poder Legislativo cuenten con el título de abogado debidamente legalizado.

El dilema procesal sobre los fallos del JEM

El exministro de la máxima instancia judicial explicó que, conforme a la normativa vigente, las resoluciones emanadas del jurado pueden ser recurridas mediante una acción de inconstitucionalidad. No obstante, dicho recurso procesal cuenta con una ventana perentoria de apenas nueve días tras la notificación del acto jurisdiccional.

En este contexto, los fallos del JEM en los que intervino Rivas ya cuentan con plazos vencidos para esa vía ordinaria. Ante tal imposibilidad procesal, Lezcano Claude subrayó que los tribunales deben contemplar otros remedios legales, debido a que el hecho generador de la irregularidad se comprobó mucho después de emitidas las sentencias.

Posibles vías para anular los actos cuestionados

Frente al vencimiento de las acciones de inconstitucionalidad, el catedrático planteó la necesidad de analizar mecanismos alternativos para salvaguardar el orden jurídico. Entre los caminos viables, mencionó la promoción de demandas ordinarias para decretar la nulidad de acto jurídico respecto a las sanciones impuestas.

La reapertura del debate sobre los fallos del JEM podría beneficiar a magistrados y fiscales que fueron sancionados o destituidos durante la gestión de Rivas en dicho cuerpo colegiado. Los afectados sostienen que las votaciones estuvieron viciadas de origen al haber sido emitidas por alguien sin idoneidad legal comprobada.

Datos clave

  • El exministro Luis Lezcano Claude planteó revisar las resoluciones emitidas por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados tras la condena penal a Hernán Rivas.
  • La comprobación de la falta de título habilitante configura una circunstancia jurídica nueva que surgió con posterioridad a las sentencias dictadas.
  • El plazo de nueve días para interponer acciones de inconstitucionalidad ya feneció, por lo que el especialista sugiere evaluar la vía de la nulidad de acto jurídico.
  • La seguridad jurídica del país se encuentra en debate ante los reclamos de magistrados y fiscales afectados por resoluciones en las que intervino el exsenador.

Fuente: elnacional.com.py

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