La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió declarar inadmisible un recurso extraordinario de revisión promovido contra la condena de Cristian Turrini a 20 años de pena privativa de libertad. La determinación judicial confirmó la sanción dictada tras comprobarse la vinculación del acusado con un esquema ilícito de tráfico internacional de estupefacientes.
El exfuncionario público fue hallado culpable de los hechos punibles de narcotráfico y asociación criminal en el marco del recordado operativo Swiffer. El procedimiento policial permitió desarticular un intento de envío de casi tres toneladas de cocaína con destino al continente asiático a finales de 2020.
Los argumentos para mantener la condena de Cristian Turrini
La decisión unánime de la máxima instancia judicial contó con el voto principal de la ministra María Carolina Llanes, al cual se adhirieron los ministros Luis María Benítez Riera y Manuel Dejesús Ramírez Candia. La magistrada preopinante subrayó que el mecanismo de revisión ostenta un carácter riguroso y excepcionalísimo dentro del ordenamiento jurídico paraguayo.
En su exposición, la ministra enfatizó que este recurso no fue concebido como una instancia adicional para reabrir debates clausurados ni para revalorizar pruebas ya analizadas en el juicio oral. Por el contrario, la normativa exige la presentación de elementos contundentes y novedosos que demuestren un error judicial gravísimo, un extremo que la defensa técnica no logró fundamentar conforme a las causales legales.
La postura defensiva y el reclamo de atenuación
La defensa del procesado, ejercida por la profesional Raquel Talavera, pretendía modificar la condena de Cristian Turrini solicitando la reducción del castigo penitenciario mediante el artículo 43 de la Ley 1340/88. La citada disposición legal estipula incentivos procesales y reducciones de penas para aquellos imputados que colaboren eficazmente con la justicia en causas de narcotráfico.
La representación legal sostenía que una sentencia dictada en 2025 demostraba la utilidad de los datos aportados por su cliente durante las averiguaciones preliminares. No obstante, los miembros de la sala penal concluyeron que dicho reclamo simplemente evidenciaba una discrepancia de criterios jurídicos y no un hecho nuevo que permitiera alterar la cosa juzgada.
El operativo Swiffer y los antecedentes de la megacarga
Los antecedentes de la causa se remontan a octubre de 2020, cuando agentes especiales interceptaron un alijo de 2.906 kilogramos de clorhidrato de cocaína en las instalaciones del Puerto Terport de Villeta. La sustancia ilícita se encontraba acondicionada y mimetizada en el interior de bolsas de carbón vegetal cuyo destino final establecido era el Estado de Israel.
Durante el juicio oral que concluyó en noviembre de 2023, el colegiado presidido por el juez Víctor Alfieri junto a las juezas Alba González y Dina Marchuk comprobó la logística desplegada por el procesado para coordinar el cargamento. Posteriormente, en 2024 y 2025, tanto el Tribunal de Apelación como la propia Corte desestimaron las apelaciones y el recurso de casación, dejando inalterable la sanción penal impuesta.
Datos clave
- Decisión judicial: La Sala Penal de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de revisión y ratificó la pena de 20 años de encierro.
- Causa penal: El fallo se relaciona con la incautación de 2.906 kilos de cocaína en el Puerto Terport de Villeta en octubre de 2020.
- Argumento de la Corte: La ministra Carolina Llanes puntualizó que la revisión no constituye una vía para reexaminar valoraciones legales ya resueltas.
- Postura defensiva: La abogada de la defensa pretendía la reducción de la pena argumentando una supuesta colaboración efectiva en la investigación.






