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política

Corte analizará la acción de Javier Díaz Verón para evitar un nuevo juicio oral

Redacción BM Online•20 de octubre de 2026 a las 04:50 p. m.•Asunción

Hombre con traje oscuro y corbata a rayas sentado frente a una bandera del Ministerio Público en Asunción

Un nuevo capítulo procesal se abre en el caso Díaz Verón tras una determinación clave de la máxima instancia judicial paraguaya. La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió admitir para su estudio la acción planteada por Francisco Javier Díaz Verón y su cónyuge, María Selva Morínigo. Ambos accionantes buscan dejar sin efecto la resolución del Tribunal de Apelación que anuló la sentencia que los había absuelto y ordenó la realización de un nuevo juzgamiento público.

La intervención constitucional en el caso Díaz Verón

La resolución de la máxima instancia contó con el voto unánime de los ministros Víctor Ríos y César Diesel, a quienes se sumó el camarista civil Hugo Garcete para integrar la sala. El colegiado determinó que el recurso presentado por la defensa cumple con los presupuestos formales indispensables para su análisis. Esto significa que los recurrentes individualizaron con claridad los supuestos agravios a preceptos constitucionales y expusieron los fundamentos que motivan su reclamo ante la Corte.

Desde el punto de vista procesal, la decisión de dar curso al trámite no anticipa una postura sobre el fondo de la controversia. El tribunal no emitió un pronunciamiento que invalide de momento el fallo atacado, sino que habilitó la vía formal para debatir si existieron o no transgresiones a derechos fundamentales durante la revisión en segunda instancia. Los magistrados deberán ahora estudiar minuciosamente cada argumento presentado para emitir una sentencia definitiva.

Los argumentos de la defensa contra la anulación

La presentación judicial promovida por la pareja busca revertir lo resuelto en agosto de 2025 por la Cámara de Apelación. En dicha oportunidad, los jueces de alzada resolvieron invalidar el veredicto del tribunal de sentencia que había desestimado las acusaciones por presunto enriquecimiento ilícito y presunto lavado de dinero. Frente a esto, el matrimonio alegó que los camaristas incurrieron en arbitrariedad al reexaminar y dar un nuevo valor a elementos probatorios que ya habían sido desahogados en la audiencia oral.

De acuerdo con el planteamiento de los defensores, esta valoración en segunda instancia vulneró principios procesales básicos como la inmediación, la concentración y la contradicción. Argumentaron también que la resolución de la Cámara carece de fundamentos sólidos y contiene una justificación meramente aparente. Para sostener su posición, citaron cláusulas de la Constitución de Paraguay, además de convenios internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Alcance del proceso y antecedentes de la causa

El debate que rodea al caso Díaz Verón se centra en la supuesta imposibilidad de documentar el crecimiento del patrimonio familiar durante el ejercicio de la función pública. Las investigaciones fiscales sostienen que la pareja no logró justificar la procedencia de bienes y operaciones financieras por una suma superior a los diez mil cuatrocientos millones de guaraníes. Esta cifra motivó la apertura del proceso penal que derivó en un extenso juicio oral donde inicialmente obtuvieron un fallo favorable.

La determinación que tome la Sala Constitucional en el caso Díaz Verón resultará definitoria para el destino de la causa. Si los ministros deciden hacer lugar a la acción planteada, la anulación dictada por la Cámara quedará revocada y prevalecerá la absolución de los procesados. Por el contrario, si la Corte desestima el recurso extraordinario, se ratificará la orden de convocar a un nuevo tribunal colegiado para someter a los acusados a un segundo juicio oral.

Puntos determinantes de la resolución judicial

El recurso promovido por Francisco Javier Díaz Verón y su esposa María Selva Morínigo busca anular el fallo de alzada dictado en agosto de 2025. Dicha resolución judicial había revocado la absolución previa de ambos procesados y dispuesto la realización de una nueva audiencia oral y pública por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

La causa investiga supuestas inconsistencias en el patrimonio del matrimonio que ascienden a más de diez mil cuatrocientos noventa y cinco millones de guaraníes. La decisión final que adopte la Corte Suprema definirá si prevalece la sentencia absolutoria o si se ratifica la orden de someter a ambos a un segundo juzgamiento público en los tribunales.

Fuente: elnacional.com.py

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