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política

Diputados aprueba proyecto que prohíbe el matrimonio de menores de edad sin excepciones

Redacción BM Online•20 de octubre de 2026 a las 02:40 p. m.•Asunción

Plenario de la Cámara de Diputados de Paraguay durante una sesión legislativa con parlamentarios en sus bancas.

La Cámara de Diputados aprobó este proyecto de ley que busca eliminar de forma definitiva el matrimonio de menores en Paraguay. La iniciativa propone modificar el artículo 17 del Código Civil paraguayo para suprimir todas las excepciones legales vigentes que permiten casarse antes de cumplir la mayoría de edad. El texto legislativo fue derivado formalmente a la Cámara de Senadores para continuar con su correspondiente estudio constitucional.

La propuesta legislativa original fue presentada en diciembre de 2024 por los diputados Dalia Estigarribia, Johanna Ortega, Guillermo Rodríguez y Walter García. El planteamiento central busca erradicar los permisos especiales y establecer de manera tajante los 18 años como la edad mínima requerida para contraer nupcias en todo el territorio nacional.

Alcance de la modificación del Código Civil

En la actualidad, el marco normativo de Paraguay fija la mayoría de edad a los 18 años, pero contempla salvedades legalmente estructuradas. Estas normas vigentes otorgan validez a las uniones de adolescentes de 16 y 17 años siempre que cuenten con el consentimiento expreso de sus padres, tutores o una autorización judicial.

Con la modificación planteada al artículo 17 del Código Civil, el Poder Legislativo pretende clausurar de forma absoluta tales dispensas jurídicas. De esa manera, ninguna persona que no haya alcanzado los 18 años podrá acceder al matrimonio formal en la República del Paraguay, independientemente de cualquier acuerdo de los progenitores o resolución de un juez.

La búsqueda de erradicar el matrimonio de menores

Los proyectistas sostienen que la eliminación de estas excepciones responde a la necesidad imperiosa de salvaguardar la integridad de la niñez y la adolescencia. Diversos análisis sobre políticas sociales coinciden en que las uniones a temprana edad suelen derivar en el abandono de los estudios secundarios, limitando severamente las oportunidades de capacitación y el futuro profesional de los jóvenes.

Asimismo, los parlamentarios argumentaron que el matrimonio de menores expone a las adolescentes a situaciones de vulnerabilidad social y eventuales escenarios de violencia o dependencia económica. Al fijar una pauta estricta sin margen de excepción, el proyecto aspira a fortalecer los mecanismos de protección estatal hacia la población juvenil.

El trámite parlamentario pendiente en el Senado

Tras la votación favorable efectuada por los legisladores en la Cámara Baja, el expediente fue girado formalmente a la Cámara de Senadores. Los senadores actuarán como revisión del proyecto, teniendo la facultad constitucional de aprobarlo sin cambios, rechazarlo en su totalidad o aplicar modificaciones al articulado.

Es importante destacar que el proyecto aún no posee fuerza ejecutiva ni constituye una ley promulgada. Para su entrada en vigencia formal en Paraguay, la propuesta de erradicación del matrimonio de menores debe ser ratificada por la Cámara Alta y posteriormente promulgada por el Poder Ejecutivo, seguido de su publicación oficial.

El proceso legislativo en el ámbito paraguayo requiere el dictamen de diversas comisiones asesoras antes de ser debatido en la plenaria del Senado. Si la Cámara de Senadores llega a introducir enmiendas al borrador, el documento deberá retornar a la Cámara de Diputados para un segundo análisis de las observaciones formuladas.

Datos clave

  • Aprobación inicial: La Cámara de Diputados aprobó la modificación del artículo 17 del Código Civil paraguayo para fijar la edad mínima de matrimonio en 18 años.
  • Fin de las excepciones: La iniciativa elimina los permisos otorgados a adolescentes de 16 y 17 años con consentimiento paterno o judicial.
  • Autores de la propuesta: El proyecto de ley fue presentado en diciembre de 2024 por los diputados Dalia Estigarribia, Johanna Ortega, Guillermo Rodríguez y Walter García.
  • Siguiente paso constitucional: El documento pasó a la Cámara de Senadores, estamento que debe analizar, ratificar o modificar el texto antes de su promulgación.

Fuente: elnacional.com.py

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