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Amnistía fiscal El Salvador: claves de la ley que exonera recargos e intereses a morosos

Redacción BM Online•22 de octubre de 2026 a las 09:20 p. m.•San Salvador

Ilustración de un formulario de declaración tributaria con un sello de cadena rota y libros encadenados.

La amnistía fiscal El Salvador entró en vigor tras la aprobación de una legislación transitoria destinada a otorgar facilidades en el pago de gravámenes atrasados. La medida sancionada por las autoridades salvadoreñas estará vigente hasta el 11 de diciembre de 2026 y contempla la exoneración de multas, intereses y recargos a personas físicas y jurídicas con deudas pendientes ante el fisco.

Esta disposición extraordinaria busca que los contribuyentes regularicen voluntariamente sus deudas generadas ante el Estado salvadoreño. No obstante, el texto legal excluye expresamente a los compromisos contraídos con las distintas alcaldías municipales del país centroamericano.

Alcance tributario y aduanero de la medida

El régimen de la amnistía fiscal El Salvador abarca obligaciones gestionadas por el Ministerio de Hacienda, permitiendo sanear deudas por impuestos vencidos hasta septiembre de 2026. La gracia incluye a contribuyentes que omitieron presentar declaraciones, liquidaron cifras inferiores a las correspondientes, registraron balances en cero teniendo actividad gravada o declararon saldos a favor superiores a los reales.

También se contemplan deudas vinculadas con retenciones, percepciones y anticipos impositivos que no fueron enterados a las arcas estatales en su momento. La normativa ofrece la condonación de recargos e intereses acumulados si se corrigen las declaraciones y se efectúa el pago adeudado.

En el plano aduanero, la legislación beneficia a las empresas o particulares con saldos pendientes por Derechos Arancelarios a la Importación. La regularización se extiende a declaraciones de mercancías omitidas o incorrectas, además de bienes bajo regímenes temporales cuyos plazos expiraron y automóviles que sobrepasaron su tiempo de permanencia autorizada en el territorio.

Procesos judiciales y multas de tránsito contempladas

Los contribuyentes que mantienen procesos de fiscalización abiertos, apelaciones en trámite o litigios contenciosos administrativos ante instancias judiciales pueden acogerse al perdón tributario. Para acceder al programa, los solicitantes deben renunciar formalmente a las acciones legales abiertas o desistir de las demandas en curso ante las instancias correspondientes.

Incluso aquellos casos trasladados a la Fiscalía General de la República por sospechas de fraude fiscal tienen opción de regularización, siempre y cuando no exista una sentencia judicial firme. El arreglo cancela la controversia procesal mediante la liquidación de la obligación principal.

En cuanto a las infracciones de tránsito terrestre, el decreto legislativo no elimina la sanción económica principal, sino que suprime exclusivamente los recargos acumulados. Los conductores con multas impagas o acuerdos de pago incumplidos pueden cancelar únicamente el monto base de la infracción vial.

Opciones de pago bajo la amnistía fiscal El Salvador

Para facilitar el cumplimiento de los pasivos, el Ministerio de Hacienda de El Salvador habilitó dos modalidades de cancelación para los beneficiarios. La primera opción consiste en saldar el compromiso en una sola cuota al contado durante el periodo de validez de la normativa.

La segunda alternativa ofrece planes de financiamiento fraccionados en hasta nueve cuotas mensuales consecutivas. Para ingresar a esta modalidad financiada, el deudor debe aportar una entrega inicial correspondiente al 10% de la deuda consolidada.

Las autoridades advirtieron que el atraso o incumplimiento del plan de pagos provocará la revocación inmediata de la dispensa legal, restituyendo todos los intereses, recargos y multas originales de forma proporcional al saldo adeudado.

Datos clave

  • Vigencia: El plazo para regularizar las deudas vencerá indefectiblemente el 11 de diciembre de 2026.
  • Obligaciones comprendidas: Incluye deudas tributarias administradas por Hacienda, derechos aduaneros y recargos por multas de tránsito.
  • Exclusiones: La ley no aplica a tributos, tasas ni penalidades adeudadas a los gobiernos municipales o alcaldías.
  • Planes de cuotas: Se autoriza el pago fraccionado de hasta nueve cuotas mensuales tras abonar una prima inicial del 10%.

Fuente: infobae.com

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