El abono del aguinaldo de cuota alimenticia debe completarse a más tardar el 1 de diciembre de cada año en El Salvador, según confirmaron fuentes oficiales de ese país. La Procuraduría General de la República recordó que la disposición rige tras las recientes modificaciones aplicadas a la normativa vigente. La medida alcanza a todas las personas que mantienen compromisos económicos fijados judicial o administrativamente para el sostenimiento de familiares.
Porcentajes y distribución según la cantidad de beneficiarios
El procurador especializado de familia, Alex Huben Mejía, explicó que los trabajadores que perciben gratificación de fin de año deben apartar el treinta por ciento de esa remuneración. Dicho monto no se distribuye considerando el número de expedientes judiciales abiertos, sino calculando la totalidad de beneficiarios directos.
Por esta razón, la autoridad detalló cómo se reparte el aguinaldo de cuota alimenticia cuando existen múltiples involucrados. Si un obligado cuenta con dos expedientes distintos y en uno tiene dos hijos y en el otro uno, la suma se divide equitativamente entre los tres. La legislación aclara que no corresponde partir la cifra a la mitad solo por la existencia de dos carpetas procesales.
Asimismo, las disposiciones contemplan a quienes carecen de beneficios laborales extraordinarios al cierre de la temporada. Aquellos ciudadanos que no reciben esta prestación anual tienen el deber de desembolsar durante diciembre una cuota complementaria, cuyo valor debe resultar idéntico al monto mensual asignado de manera habitual.
Cálculo y alcance del aguinaldo de cuota alimenticia
La legislación salvadoreña contempla que el beneficio no se circunscribe de forma exclusiva a los menores de edad. Mejía puntualizó que el término empleado en el texto normativo es alimentario, lo que amplía la cobertura legal hacia otros miembros del entorno familiar.
De este modo, la obligación abarca a personas de la tercera edad asistidas por sus descendientes, así como a hermanos o cónyuges legalmente habilitados para percibir manutención. Si un hermano mayor sostiene financieramente a un hermano menor tras la pérdida del padre, el beneficiario también debe acceder a esta retribución económica correspondiente.
En contrapartida, la institución precisó que la exigencia carece de efectos retroactivos dentro del mismo período. Si una persona cobró su haber adicional en octubre y el proceso judicial determinó la pensión recién en noviembre, el pago recién empezará a regir durante el ejercicio del año siguiente. Respecto a la denominada quincena veinticinco, las autoridades señalaron que aún no existen directivas para aplicar descuentos sobre dicho concepto.
Sanciones y medidas legales ante el incumplimiento
Quienes omitan el pago en la fecha estipulada enfrentarán citaciones formales ante la Procuraduría desde enero. Si las partes no alcanzan un acuerdo en las audiencias especiales ante juzgados de Familia o Niñez, el organismo activará restricciones administrativas severas para garantizar el desembolso.
Entre los castigos previstos figuran la inhabilitación para tramitar o renovar el pasaporte, la licencia de conducir y la tarjeta de circulación de vehículos. De igual manera, se suspende la gestión de créditos mercantiles, el permiso de portación de armas y se puede ordenar la prohibición judicial para salir del territorio nacional.
Si la morosidad continúa, la entidad investiga el patrimonio del deudor para promover embargos judiciales. En caso de comprobarse insolvencia o carencia de activos inscribibles, las actuaciones se remiten a la Fiscalía General de la República para dar inicio a un proceso penal.
Datos clave
- Plazo estricto: la entrega debe efectuarse entre el 1 de octubre y el 1 de diciembre de cada año sin posibilidad de aplicación retroactiva.
- Porcentaje exigido: los asalariados deben ceder el 30 % de su gratificación, mientras que los trabajadores sin este beneficio pagan una mensualidad adicional.
- Distribución por persona: el dinero se prorratea según la cantidad de beneficiarios directos y no por la cantidad de expedientes legales abiertos.
- Sanciones administrativas: los deudores quedan impedidos de renovar pasaporte, registro de conducir o acceder a créditos bancarios.
- Procesos judiciales: el incumplimiento prolongado puede derivar en el embargo de bienes muebles o denuncias penales ante la fiscalía.






