El paso por el Puente de la Integración contará con una actualización en sus exigencias documentales desde el próximo 3 de noviembre para regular el traslado entre Paraguay y Brasil. La medida regirá específicamente para los pobladores fronterizos de las localidades adyacentes que crucen a bordo de automóviles particulares. Esta disposición surge tras los acuerdos técnicos alcanzados por las autoridades migratorias y aduaneras de ambos países.
Nuevas reglas de paso por el Puente de la Integración
Las autoridades binacionales fijaron esquemas diferenciados según la radicación y la nacionalidad de los conductores. En el caso de los ciudadanos paraguayos afincados en Presidente Franco, Ciudad del Este o Hernandarias, será obligatorio portar cédula de identidad o pasaporte vigente, sumado al Documento de Tránsito Vecinal Fronterizo tramitado ante la Policía Federal brasileña.
Quienes posean nacionalidad paraguaya pero residan formalmente en territorio de Foz de Iguazú quedarán eximidos de dicha credencial vecinal adicional. A este grupo solo se le solicitará su identificación de viaje ordinaria y la constancia legal que acredite su radicación en el vecino país.
Para los conductores brasileños el criterio mantiene reciprocidad administrativa. Aquellos domiciliados en los municipios paraguayos involucrados deberán enseñar su documento de viaje junto con el permiso de residencia concedido por Paraguay, mientras que los habitantes de Foz de Iguazú precisarán gestionar la tarjeta de tránsito vecinal ante la Dirección Nacional de Migraciones paraguaya. Todos los acompañantes del rodado, incluidos niños y adolescentes, tendrán que exhibir su correspondiente documentación en regla.
Gestión del permiso fronterizo y aranceles vigentes
Para facilitar la expedición del carné vecinal, las oficinas de la Dirección Nacional de Migraciones atenderán las solicitudes en Ciudad del Este. Los residentes brasileños podrán acudir a la dependencia de admisión localizada en la intersección de la avenida Rogelio Benítez con 4 de Mayo.
El costo del trámite migratorio se estableció en 74.929 guaraníes, calculado en base al criterio de equivalencia arancelaria bilateral. La entrega de la credencial física o digital se completará en un plazo máximo de setenta y dos horas hábiles tras la entrega de los formularios correspondientes.
Por su parte, los compatriotas que precisen la tarjeta emitida por Brasil deberán acudir directamente a las oficinas de la Policía Federal ubicadas al otro lado de la frontera. Este mecanismo busca evitar aglomeraciones en los puestos de control durante los horarios de mayor movimiento vehicular.
Horarios habilitados y restricciones de circulación
El tránsito habilitado sobre el Puente de la Integración mantendrá una franja operativa restringida de lunes a domingos, entre las 07:00 y las 13:00. Este régimen será de uso exclusivo para automóviles y camionetas de porte liviano cuyos conductores acrediten pertenecer a la franja limítrofe acordada.
La normativa veda el paso a biciclos y motocicletas bajo este esquema simplificado. Del mismo modo, el transporte de cargas comerciales permanece inhabilitado, exceptuando pequeños paquetes de subsistencia amparados en el convenio de localidades vinculadas del Mercosur, sin contemplar la franquicia de equipaje de compras turísticas.
Estas determinaciones fueron consolidadas formalmente durante la sesión de la Comisión Mixta Paraguayo-Brasileña que tuvo lugar el 20 de octubre en Foz de Iguazú. El consenso apunta a dotar de previsibilidad al tráfico vecinal y descomprimir paulatinamente otros pasos fronterizos en la zona del Puente de la Integración.
Datos clave
- Fecha de entrada en vigor: Las nuevas exigencias regirán desde el lunes 3 de noviembre para vehículos particulares.
- Población alcanzada: El esquema rige exclusivamente para residentes de Presidente Franco, Ciudad del Este, Hernandarias y Foz de Iguazú.
- Costo y plazos: El Documento de Tránsito Vecinal Fronterizo paraguayo cuesta G. 74.929 y se expide en 72 horas hábiles.
- Horario y exclusiones: Cruce habilitado de 07:00 a 13:00 solo para autos ligeros, excluyendo motocicletas y transporte de mercaderías.






