Las prohibiciones en las elecciones entraron en vigor en todo el territorio nacional con miras a la jornada cívica de este domingo 4 de octubre. El Tribunal Superior de Justicia Electoral recordó que el marco legal impone severas restricciones para asegurar la tranquilidad pública y el secreto del sufragio. Además, la institución ratificó la vigencia de sanciones económicas para quienes decidan no acudir a las urnas habilitadas en los distintos municipios.
Alcance de las prohibiciones en las elecciones municipales
Una de las primeras medidas restrictivas comenzó a regir desde las 19:00 del sábado con la suspensión formal del expendio de bebidas con alcohol. El Código Electoral paraguayo contempla sanciones que oscilan entre 50 y 200 jornales mínimos para aquellos comerciantes o particulares que pasen por alto esta disposición legal. Esta limitación busca evitar desmanes y mantener la sobriedad comunitaria antes de la apertura de los locales de votación fijada para las 07:00.
Asimismo, las autoridades electorales indicaron que presentarse a sufragar en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias estupefacientes constituye una infracción directa a la ley. Quienes generen desórdenes dentro o fuera de los locales habilitados se exponen a ser demorados por las fuerzas de seguridad pública. El resguardo del orden institucional resulta primordial durante todo el proceso.
Dispositivos tecnológicos y orden público en los locales de votación
Entre las diversas prohibiciones en las elecciones, la normativa electoral protege estrictamente la privacidad del votante al momento de marcar su papeleta. Por este motivo, queda totalmente prohibido ingresar a las mesas receptoras y al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras de fotos o cualquier aparato de grabación. El objetivo de esta disposición radica en impedir la venta de votos o la comprobación forzada de la preferencia de cada ciudadano.
En cuanto a la seguridad en las inmediaciones, se fijó un perímetro de 200 metros en torno a cada centro educativo o local donde funcionen mesas de sufragio. Dentro de esa distancia está vetada la portación de armas de cualquier tipo, aun cuando el portador cuente con registro o autorización administrativa. Tampoco se admiten aglomeraciones de grupos que pretendan presionar o influir sobre los votantes que acuden a cumplir su deber cívico.
Sanción económica fijada por el TSJE para los ausentes
El órgano electoral confirmó que el voto en Paraguay reviste carácter obligatorio para todos los ciudadanos legalmente habilitados en el padrón nacional. Para que se cumplan las prohibiciones en las elecciones y la participación democrática, se dispuso el cobro de una multa de G. 117.077 a las personas que no acudan a sufragar. Dicha cifra equivale a un jornal mínimo legal y será gestionada por las instancias pertinentes del fuero electoral.
Para participar en los comicios, los electores deben concurrir de manera obligatoria con su cédula de identidad civil en formato físico, sin importar si el documento se encuentra vencido. La atención en los recintos se extenderá hasta las 17:00, momento en que los miembros de mesa cerrarán los portones y darán inicio al conteo público de los votos.
Datos clave
- Horario de votación: los locales electorales funcionarán desde las 07:00 hasta las 17:00 en todo el país.
- Multa por no votar: el TSJE fijó una penalización económica de G. 117.077 para quienes no acudan a sufragar.
- Ley seca: la comercialización de bebidas alcohólicas quedó prohibida desde las 19:00 de la víspera con multas de hasta 200 jornales.
- Sin celulares ni armas: se prohíbe el ingreso con teléfonos o cámaras al cuarto oscuro y la portación de armas a menos de 200 metros.






