El exministro de la Corte Suprema de Justicia Miguel Óscar Bajac obtuvo una medida judicial favorable que obliga a la previsional a costear una compleja intervención médica. Un juez resolvió hacer lugar a la acción de amparo presentada a su favor para que el Instituto de Previsión Social solvente un procedimiento cardiovascular de alto costo en Asunción. Esta determinación se da en un escenario particular, debido a que el beneficiario se encuentra prófugo de la Justicia por una condena penal.
La resolución judicial a favor de Miguel Óscar Bajac
El magistrado en lo Civil y Comercial Édgar Rivas Laguardia dispuso que la entidad previsional suministre todos los insumos necesarios para un implante de válvula aórtica transcatéter, procedimiento conocido médicamente como TAVI. El amparo fue promovido con el fin de resguardar el estado de salud del exmagistrado de 83 años, quien reporta un cuadro severo.
Los antecedentes clínicos presentados en el expediente indican que Miguel Óscar Bajac sufre de estenosis aórtica severa junto con una visible disminución de su función cardíaca. Por estos motivos técnicos, los médicos tratantes indicaron la necesidad impostergable de llevar a cabo el procedimiento quirúrgico de alta complejidad en el menor tiempo posible.
La orden judicial no solo exige la entrega del dispositivo cardiovascular específico, sino también la provisión completa de los fármacos e insumos complementarios requeridos para la atención hospitalaria del paciente. El juzgado determinó que la institución deba gestionar estas coberturas de forma inmediata.
La postura y los descargos presentados por el IPS
Durante la tramitación del amparo, las autoridades del Instituto de Previsión Social solicitaron el rechazo del pedido formulado por la defensa. La representación del ente previsional argumentó la existencia de serias limitaciones administrativas vinculadas a las normativas de contrataciones públicas y al elevado costo que representa el equipamiento médico requerido.
Sin embargo, el juez Rivas Laguardia desestimó los argumentos del seguro social al priorizar las garantías constitucionales. En su fallo, el magistrado remarcó que las dificultades de índole presupuestaria o burocrática esgrimidas por el ente no pueden estar por encima de la vida ni del derecho a la salud de las personas aseguradas.
El Instituto de Previsión Social, encargado de administrar el seguro de salud de los trabajadores formales y jubilados en Paraguay, suele enfrentar litigios judiciales similares. En reiteradas ocasiones, asegurados deben recurrir a medidas de urgencia ante la falta de provisión oportuna de insumos o tecnologías médicas específicas en los centros hospitalarios del ente.
La orden de captura pendiente contra el exmagistrado
La determinación civil se cruza con un escenario judicial complejo en el fuero penal. Sobre el extitular de la máxima instancia judicial pesa una orden de detención vigente para cumplir una condena firme de tres años de penitenciaría impuesta por un caso de coima.
Las fuerzas policiales y judiciales mantienen la búsqueda activa del sentenciado para que proceda a cumplir la sanción en un establecimiento penitenciario. A pesar de su condición de prófugo, la legislación paraguaya no suspende el derecho a recurrir a la Justicia ordinaria para la tutela de derechos humanos básicos.
De esta manera, el proceso penal por corrupción continúa su curso en busca de ejecutar la pena de privación de libertad, mientras que la vía civil determinó una obligación sanitaria que el seguro social deberá acatar para preservar la integridad física del exfuncionario.
Datos clave
- La orden judicial: Un juez en lo Civil y Comercial admitió un amparo que intima al IPS a proveer un implante de válvula aórtica transcatéter (TAVI) e insumos para el exmagistrado.
- El cuadro clínico: El accionante, de 83 años de edad, presenta un diagnóstico de estenosis aórtica severa con deterioro de la función cardiovascular.
- La negativa institucional: La previsional argumentó dificultades en los procesos de contratación y el alto valor económico del dispositivo, objeciones que fueron descartadas en el juzgado.
- La condena penal vigente: El beneficiado con la medida judicial se encuentra prófugo y tiene una orden de captura activa para cumplir una pena de tres años de cárcel por coima.






