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Entra en vigencia la ley seca en Paraguay con multas de hasta doscientos jornales para infractores

Redacción BM Online•3 de octubre de 2026 a las 07:45 p. m.•Paraguay

Estantes de un supermercado con botellas de bebidas alcohólicas y un cartel blanco que indica Ley Seca

La ley seca en Paraguay entró en vigencia a partir de las 19:00 de este sábado en todo el territorio nacional, en la víspera de las elecciones municipales previstas para el domingo. La normativa electoral prohíbe de manera tajante la comercialización y el suministro de bebidas alcohólicas hasta el término definitivo del acto comicial. La disposición busca garantizar el orden público y la tranquilidad ciudadana durante el desarrollo de la votación cívica.

Sanciones y multas para comercios infractores

Los locales comerciales que no cumplan con esta restricción se exponen a severas penalizaciones financieras fijadas por la legislación vigente. De acuerdo con el artículo 335 de la Ley N.º 834/96 del Código Electoral Paraguayo, los responsables de negocios que comercialicen alcohol durante el periodo de prohibición recibirán multas de entre 50 y 200 jornales mínimos.

Las autoridades correspondientes señalaron que los controles se ejecutarán de forma estricta para evitar irregularidades en despensas, supermercados, bodegas y restaurantes. Estas sanciones administrativas forman parte de las directivas institucionales que el Tribunal Superior de Justicia Electoral reitera ante cada jornada de sufragio. El objetivo central de la penalización radica en disuadir conductas que puedan alterar la paz comunitaria en las inmediaciones de los locales de votación.

Alcance de la ley seca en Paraguay y horarios de votación

La aplicación de la ley seca en Paraguay abarca sin excepciones a los 263 distritos de la República donde se desarrollarán los sufragios comunales. La veda de expendio de bebidas con graduación alcohólica rige desde doce horas antes de la apertura de los portones y se extiende a lo largo de toda la jornada electoral dominical. Por este motivo, ningún establecimiento comercial tiene autorización para dispensar estos productos hasta la culminación del evento.

Los colegios electorales abrirán sus puertas a partir de las 07:00 de la mañana y recibirán a los votantes hasta las 17:00 en punto. Durante esas diez horas continuas de votación, tanto los efectivos de seguridad como los delegados comiciales supervisarán que se respete el cese de ventas. Quienes infrinjan la norma podrán ser denunciados ante los juzgados electorales y el Ministerio Público para el inicio del proceso sancionatorio correspondiente.

Requisitos para los electores y medidas complementarias

Para ejercer el derecho al voto en cualquiera de los distritos habilitados, la ciudadanía debe presentarse con su cédula de identidad civil vigente o vencida ante la mesa designada. La Justicia Electoral habilitó diversas plataformas digitales oficiales para que los electores consulten de forma anticipada su local asignado, número de padrón y mesa receptora de votos. Con este mecanismo se busca agilizar el flujo de participantes y evitar aglomeraciones innecesarias en los accesos.

La implementación de la ley seca en Paraguay representa una tradición legal orientada a fomentar un clima de serenidad y responsabilidad ciudadana en las urnas. Las fuerzas del orden público cooperarán con las comitivas electorales para intervenir de forma inmediata ante cualquier denuncia por venta clandestina. Cumplir con las disposiciones vigentes asegura una jornada democrática transparente y sin incidentes en cada comunidad del país.

Datos clave

  • Inicio de la restricción: La prohibición comenzó a las 19:00 de este sábado, exactamente doce horas antes de que abran las mesas.
  • Monto de las sanciones: Los comercios que vendan alcohol se exponen a penalizaciones económicas que van desde 50 hasta 200 jornales mínimos.
  • Horario de los comicios: Las mesas receptoras de votos funcionarán desde las 07:00 hasta las 17:00 en 263 distritos de la República.
  • Marco legal aplicable: La restricción electoral está regulada bajo el artículo 335 de la Ley N.º 834/96 del Código Electoral Paraguayo.

Fuente: elnacional.com.py

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