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Ministro de la Niñez plantea modificar la ley penal juvenil tras condena por el caso Mafe

Redacción BM Online•11 de septiembre de 2026 a las 07:07 p. m.•Asunción

Walter Gutiérrez, ministro de la Niñez, habla frente a un micrófono en una conferencia de prensa en Paraguay.

La necesidad de reformar la ley penal juvenil en Paraguay se instaló en el debate público tras las declaraciones del ministro de la Niñez y la Adolescencia, Walter Gutiérrez. El secretario de Estado cuestionó la pena máxima que reciben los menores de edad que cometen crímenes graves en el país. El pronunciamiento oficial surge luego de conocerse la condena de ocho años de privación de libertad para el principal implicado en el asesinato de la adolescente María Fernanda Benítez.

El cuestionamiento al sistema de sanciones

El titular del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (MINNA) expresó su preocupación por la desproporción en las penas actuales. Según la normativa vigente, la sanción máxima aplicable a un adolescente es de diez años de internamiento. Gutiérrez señaló que resulta alarmante que una persona de 17 años reciba una condena tan baja por un hecho de extrema violencia.

Para el funcionario, la diferencia de pocos meses de edad no debería determinar una brecha tan grande en la sanción penal. Actualmente, un joven de 18 años puede recibir hasta 40 años de cárcel por un homicidio doloso agravado. Sin embargo, un menor de 17 años y 11 meses tiene un límite punitivo significativamente menor, lo que genera una sensación de impunidad en la sociedad paraguaya.

El debate sobre la ley penal juvenil

El ministro planteó que la aplicación de la ley penal juvenil debe basarse en un análisis individualizado del nivel de desarrollo cognitivo del infractor. En lugar de aplicar una fórmula matemática estricta basada en la edad cronológica, sugirió evaluar la capacidad de comprensión del adolescente al momento del hecho. Esta propuesta busca que la justicia pueda aplicar medidas más severas cuando se demuestre plena conciencia del daño causado.

En Paraguay, la responsabilidad penal se adquiere a partir de los 14 años de edad. El sistema judicial establece que las medidas aplicadas a los menores deben tener un enfoque predominantemente educativo y de reinserción social. No obstante, el ministro argumentó que crímenes de extrema saña desafían las teorías de reeducación y obligan a repensar el marco legal vigente. La legislación actual busca proteger el interés superior del niño, pero las autoridades advierten que no se debe descuidar la seguridad colectiva.

Antecedentes y el impacto del caso Mafe

El caso que motivó esta reacción gubernamental es el homicidio de María Fernanda Benítez, una joven cuya muerte conmocionó a la opinión pública. El principal sospechoso, quien era menor de edad cuando ocurrió el crimen, fue sentenciado a ocho años de prisión. Esta pena fue la máxima requerida por los agentes fiscales intervinientes en la causa penal. La ciudadanía expresó su descontento ante lo que consideran una sanción insuficiente para la gravedad del acto cometido.

La resolución judicial generó diversas reacciones en la ciudadanía y en los estamentos del Estado encargados de la protección de la infancia. El MINNA, como ente rector de las políticas públicas de niñez, busca liderar una mesa de diálogo con el Poder Legislativo y el Poder Judicial. El objetivo es analizar modificaciones técnicas que permitan equilibrar la protección de los derechos del menor con la exigencia de justicia para las víctimas de hechos punibles graves. Se espera que el Congreso Nacional reciba propuestas de reforma en el próximo periodo de sesiones.

Datos clave

  • El ministro de la Niñez, Walter Gutiérrez, solicitó una revisión profunda de la ley penal juvenil en Paraguay.
  • La condena de ocho años impuesta al responsable del asesinato de María Fernanda Benítez reabrió la polémica sobre las penas máximas.
  • En el sistema judicial paraguayo, la responsabilidad penal para los adolescentes se inicia a partir de los 14 años.
  • El Gobierno propone evaluar la madurez cognitiva del menor infractor en lugar de aplicar un criterio estrictamente cronológico.
  • Actualmente, la sanción máxima establecida para un menor de edad en el Código de la Niñez es de diez años de privación de libertad.

Fuente: abc.com.py

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