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Juez resuelve desestimación de denuncia contra empresario minero por acciones

Redaccion BM Online•31 de octubre de 2026 a las 09:36 a. m.•Asunción

Hombre de traje oscuro y corbata azul sentado detrás de un escritorio frente a un micrófono en una oficina.

La desestimación de denuncia contra Alberto Helfon Antebi Duarte, representante de la compañía Latin American Minerals SA, fue resuelta por el juez penal de garantías Miguel Ángel Palacios en Asunción. La decisión judicial se tomó respecto a las sospechas por presunta apropiación y lesión de confianza, luego de un prolongado trámite que involucró la intervención de diversas instancias del Ministerio Público y la Cámara de Apelaciones.

El proceso se originó a partir de una acción penal impulsada por David Han Hwang, en representación de la empresa Ñamopu'a Paraguay. El conflicto surgió tras la compra de 31.500 acciones de la firma minera por un valor de 840.000 dólares americanos, títulos que el comprador intentó nominar formalmente sin conseguir que los certificados fueran sustituidos ni percibir los dividendos correspondientes.

Trámite fiscal y postura del Ministerio Público

El agente fiscal Gerardo Mosqueira, quien interinaba la Unidad Penal N° 8 de la Sede 1 en reemplazo de la fiscala titular Teresa Sosa Laconich, presentó inicialmente el Requerimiento Fiscal N° 25 para solicitar que se desestime la causa. Durante la audiencia preliminar, el juez Palacios optó por oponerse al criterio y devolvió las actuaciones para que el representante fiscal ratificara o modificara su postura.

Ante la ratificación de Mosqueira, el magistrado remitió los antecedentes a la Fiscalía General del Estado mediante el trámite de oposición previsto en la normativa procesal penal. Fue el fiscal adjunto Augusto Salas quien finalmente ratificó la postura de archivar las actuaciones, lo que condujo al juzgado a considerar obligatoria la aplicación del requerimiento del Ministerio Público al no existir acusación sostenida.

Corrección procesal en la Cámara de Apelación

En una primera resolución emitida en mayo, el juzgado de garantías había resuelto la desestimación de denuncia tipificando de forma errónea los hechos como apropiación y presunta estafa. Ante este pronunciamiento, la querella representada por el abogado Rodrigo Yódice promovió una apelación para corregir el alcance del fallo judicial dictado en primera instancia.

El Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, integrado de manera unánime por los camaristas Paublino Escobar, Camilo Torres y Arnulfo Arias, resolvió revocar el auto interlocutorio inicial para que se subsanara el error material. El camarista Torres puntualizó que la causa debía resolverse exclusivamente conforme a los tipos penales consignados en la denuncia original, que correspondían a apropiación y lesión de confianza.

Discrepancia de la fiscala titular y resolución definitiva

Durante la tramitación de las apelaciones, la fiscala natural de la investigación, Teresa Sosa Laconich, manifestó su disconformidad con el cierre prematuro de las diligencias. La agente argumentó que aún restaban elementos de convicción pendientes de agregarse al cuaderno fiscal, como verificar si el denunciado contaba con facultades para transferir las acciones al momento de firmar el contrato privado en marzo de 2020.

Finalmente, a través del Auto Interlocutorio N° 888, el magistrado Miguel Ángel Palacios hizo lugar a la desestimación de denuncia señalando que el marco procesal no sufrió modificaciones y que la ratificación de la Fiscalía General del Estado obligaba a cerrar el caso penal en los términos solicitados por el fiscal de la causa.

Datos clave

  • Monto cuestionado: La transacción involucró la compra de 31.500 títulos de Latin American Minerals SA valorados en US$ 840.000.
  • Hechos analizados: El juzgado cerró la causa por los presuntos hechos punibles de apropiación y lesión de confianza.
  • Resolución judicial: El juez penal Miguel Ángel Palacios dictó el sobreseimiento mediante el Auto Interlocutorio N° 888.
  • Postura superior: La ratificación del fiscal adjunto Augusto Salas motivó la decisión de dar por terminado el proceso penal.

Fuente: abc.com.py

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