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El Salvador plantea hasta 15 años de cárcel por conducción peligrosa en el transporte pesado

Redacción BM Online•15 de octubre de 2026 a las 11:40 a. m.•San Salvador

Rescatistas con cascos amarillos inspeccionan un choque entre un autobús escolar amarillo y un camión volquete.

El proyecto legislativo para castigar la conducción peligrosa en El Salvador plantea sanciones penales de hasta 15 años de cárcel para choferes del transporte colectivo y de carga pesada que causen siniestros viales con víctimas fatales. La propuesta fue remitida por el Poder Ejecutivo a la Asamblea Legislativa tras una seguidilla de colisiones graves en distintos puntos del territorio salvadoreño.

La iniciativa gubernamental persigue modificar tanto el Código Penal como el Código Procesal Penal. El objetivo central apunta a suprimir cualquier beneficio de conciliación, mediación o reparación integral en hechos donde intervengan vehículos pesados.

Reformas contra la conducción peligrosa en El Salvador

El documento oficial remitido al parlamento establece que tripular unidades de transporte colectivo o de mercancías sin la debida licencia o autorización configurará de manera directa el delito de conducción peligrosa. Esta conducta acarreará condenas de dos a cinco años de prisión, incluso si no se llega a producir un peligro concreto para terceras personas en la vía pública.

En los casos en que las maniobras deriven en lesiones o muertes, el régimen punitivo se endurece de forma sustancial. Para conductores de rodados particulares, las penas máximas rondarán los diez años de privación de libertad ante eventuales desenlaces fatales.

No obstante, la escala penal sube hasta 15 años de presidio cuando las víctimas resulten de incidentes provocados por motoristas de colectivos de pasajeros o unidades de flete pesado. De este modo, la legislación busca equiparar la severidad del castigo al tamaño del automotor y al nivel de riesgo comunitario.

Responsabilidad penal compartida para propietarios

El texto normativo no circunscribe las responsabilidades únicamente a quien se encuentra al mando del volante. El proyecto prevé penas de cinco a diez años de encierro para los dueños, poseedores o encargados de unidades pesadas de ocho toneladas o más que permitan la conducción a personas sin la habilitación legal correspondiente.

Asimismo, el castigo para estos responsables empresariales o particulares podrá incrementarse en un tercio si la decisión de encomendar el vehículo a un conductor no habilitado culmina en lesiones o en homicidio culposo. Ambas partes deberán responder de modo solidario en el plano civil por la totalidad de los daños materiales y humanos causados.

La Comisión de Seguridad Nacional de la Asamblea Legislativa asumió el análisis técnico del expediente. La reforma procesal complementaria estipula que la acción penal contra estas infracciones permanezca abierta de manera indeclinable hasta la emisión de una sentencia judicial definitiva, cerrando el paso a acuerdos económicos previos.

Tragedias viales y controles técnicos en las rutas

El endurecimiento normativo responde a recientes eventos trágicos. A finales de septiembre, una volqueta sin habilitación adecuada circuló a más de 100 kilómetros por hora sobre el bulevar Constitución de San Salvador, chocó contra 14 rodados por una avería en sus frenos y causó dos muertes y 13 heridos, según detalló el ministro de Obras Públicas y Transporte, Romeo Rodríguez.

Apenas dos días después, una colisión múltiple provocada por otro vehículo de carga sobre la carretera Panamericana, en la zona de Los Chorros, dejó un saldo de cinco fallecidos y 27 heridos. Estos sucesos impulsaron operativos especiales de fiscalización en las principales arterias viales.

El viceministro de Transporte, Nelson Reyes, informó que las inspecciones mecánicas ya derivaron en el decomiso de al menos 46 unidades de carga por carecer de condiciones básicas en neumáticos, frenos o sistemas hidráulicos. Estas fiscalizaciones continuarán activas mientras avanza la discusión legislativa sobre la conducción peligrosa en El Salvador.

Datos clave

  • Pena máxima de 15 años de prisión para conductores de transporte de pasajeros o de carga que causen muertes o personas lesionadas.
  • Sanción para propietarios de unidades de ocho toneladas o más de cinco a diez años de cárcel si facilitan vehículos a personas sin habilitación oficial.
  • Prohibición de conciliación, impidiendo salidas alternas, mediaciones o acuerdos extrajudiciales para dar por cerrados los procesos penales.
  • Incautación de unidades, con decenas de camiones retenidos por fallas en neumáticos, sistemas de frenado o falta de tarjeta de circulación vigente.

Fuente: infobae.com

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