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Fiscalía solicita a la Cámara ratificar la condena a Hernán Rivas a ocho años de cárcel

Redaccion BM Online•2 de noviembre de 2026 a las 03:22 p. m.•Asunción

Hernán Rivas camina por un pasillo custodiado mientras periodistas le acercan micrófonos y grabadores de prensa.

El Ministerio Público solicitó formalmente confirmar la condena a Hernán Rivas a ocho años de pena privativa de libertad en la causa abierta por el uso de documentos falsos en Asunción. Los fiscales Patricia Sánchez, Luz Guerrero y Christian Benítez presentaron una respuesta de 27 páginas ante la Cámara de Apelaciones. En el documento, la representación fiscal requirió declarar inadmisible el recurso planteado por la defensa legal del exlegislador.

Los representantes del Ministerio Público señalaron que la apelación carece de sustento técnico al no demostrar fallas concretas en la sentencia de primera instancia. Según el dictamen fiscal, el escrito defensivo incurre en argumentos genéricos sin rebatir de forma razonada las conclusiones del Tribunal de Sentencia. Por estas razones, los agentes pidieron sostener de forma íntegra el castigo dictado en septiembre.

Los motivos fiscales para sostener la condena a Hernán Rivas

El órgano acusador recordó los fundamentos expuestos durante el juicio oral por el tribunal integrado por los magistrados María Fernanda García de Zúñiga, Juan Carlos Zárate y Yolanda Portillo. En dicha resolución, las autoridades judiciales habían considerado al procesado como un estudiante que no dejó constancia académica alguna en las aulas universitarias. Los jueces comprobaron que su nombre únicamente figuraba en un certificado de notas y en el cartón final.

La fiscalía remarcó que la obtención indebida de la matrícula profesional y el juramento ante la máxima instancia judicial formaron parte de los hechos probados. Estos trámites permitieron que el exsenador accediera a la representación parlamentaria ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. Por ende, los fiscales afirmaron que las conductas analizadas vulneraron la fe pública y se ajustan a la tipificación de producción y uso de documentos públicos de contenido falso.

El debate sobre la prescripción y la valoración probatoria

En su contestación, los fiscales desvirtuaron el intento de la defensa de alegar la prescripción del primer tramo de las acusaciones formuladas. La representación estatal remarcó que el fuero legislativo representó un obstáculo formal que suspendió los plazos de la persecución penal conforme al Código Penal paraguayo. La abogada del imputado no explicó los motivos jurídicos por los cuales dicha circunstancia quedaría exceptuada del marco legal vigente.

Asimismo, los agentes rechazaron los reclamos defensivos vinculados con una supuesta incongruencia en la acusación y una indebida valoración de testimonios e indicios. El Ministerio Público especificó que la apelación intenta forzar una nueva revisión de pruebas en una instancia donde solo corresponde evaluar infracciones procesales. La fiscalía subrayó que no existió vulneración alguna a las garantías constitucionales durante la tramitación del juicio.

Próximos pasos del caso en el fuero judicial

El expediente se encuentra ahora bajo el análisis de la Cámara de Apelaciones de la capital, instancia que deberá pronunciarse sobre la admisibilidad de los recursos presentados. En caso de ratificarse la condena a Hernán Rivas, la resolución sentará un precedente relevante sobre los requisitos académicos exigidos para ocupar altos cargos institucionales. El fuero penal aguarda la conformación definitiva de la sala encargada de estudiar la causa.

La decisión de los camaristas definirá si la sentencia de ocho años de penitenciaría adquiere firmeza o si corresponde su revisión por parte de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. La ciudadanía sigue de cerca la evolución del proceso debido a las funciones constitucionales que el investigado desempeñó como titular del órgano que juzga a jueces y fiscales.

Datos clave

  • Petición fiscal: Los agentes Patricia Sánchez, Luz Guerrero y Christian Benítez solicitaron a la Cámara ratificar la condena de ocho años de prisión.
  • Fallo previo: El Tribunal de Sentencia calificó al exlegislador como un alumno sin registro académico real en la carrera de Derecho.
  • Rechazo a la prescripción: La fiscalía argumentó que la inmunidad parlamentaria operó como causal legal de suspensión de los plazos de persecución.
  • Próxima resolución: El Tribunal de Alzada deberá resolver si declara inadmisible la apelación presentada por la defensa técnica.

Fuente: abc.com.py

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