El Congreso de Guatemala prevé someter a debate un proyecto de ley para sancionar las comunicaciones ilícitas en cárceles con penas de seis a diez años de prisión y severas multas económicas. La iniciativa 6746 recibió el dictamen favorable con modificaciones de la Comisión de Gobernación y busca impedir que los reclusos coordinen actividades criminales desde los centros penitenciarios.
La propuesta legislativa contiene cinco capítulos y 17 artículos que abarcan a quienes ingresen o administren dispositivos tecnológicos sin autorización. También alcanza a las compañías de telefonía móvil y a los funcionarios encargados del control de los centros penitenciarios del país centroamericano.
Un nuevo delito y bloqueo de señales tecnológicas
El proyecto legal crea la figura penal de facilitación ilícita de comunicaciones, la cual castigará la gestión o uso de dispositivos no autorizados. Esta infracción conllevará castigos privativos de libertad junto con sanciones económicas que oscilan entre Q100 mil y Q500 mil para los responsables.
Asimismo, el texto legal declara que los sistemas de inhibición de frecuencias forman parte de la infraestructura estratégica de seguridad nacional. Debido a esta calificación oficial, cualquier daño, alteración o inutilización deliberada de estos aparatos será investigada de oficio por los órganos judiciales con castigos penales.
Las empresas de telecomunicaciones tendrán que cooperar técnicamente mediante la creación de perímetros virtuales con tecnología satelital o redes móviles. Estas barreras de señal deberán operar con criterios técnicos especializados para no afectar a los usuarios externos a los perímetros carcelarios.
Reglas estrictas para el personal de seguridad
La normativa prohíbe el ingreso y uso de teléfonos celulares a funcionarios, contratistas y guardias penitenciarios durante sus horarios de trabajo en los reclusorios. La única salvedad consistirá en el porte de equipamiento institucional asignado expresamente para la atención de situaciones de emergencia.
Por otro lado, la Superintendencia de Telecomunicaciones deberá fiscalizar las labores técnicas de las operadoras y remitir informes trimestrales al Ministerio de Gobernación. Dicha cartera ministerial supervisará el funcionamiento regular de las medidas de bloqueo dentro del Sistema Penitenciario.
El ministro de Gobernación, Marco Antonio Villeda, advirtió que los internos disponen de diversas vías tecnológicas para conectarse a redes e internet satelital. La autoridad señaló que implementar el bloqueo mediante compras ordinarias resulta costoso, por lo que respalda la aprobación del marco legislativo para erradicar las comunicaciones ilícitas en cárceles.
Régimen especial de compras y cambios al texto legal
El proyecto autoriza al Ministerio de Gobernación a contratar y arrendar tecnología penitenciaria de forma directa bajo argumentos de urgencia institucional. No obstante, cada contratación bajo este régimen especial deberá notificarse en un lapso de 30 días a la Contraloría General de Cuentas y a la Comisión de Gobernación.
Durante su análisis, la comisión legislativa incorporó once modificaciones al documento original para reforzar la certeza jurídica y resguardar garantías constitucionales. Entre las variaciones, se reemplazó el término genérico de tecnologías emergentes por definiciones precisas sobre equipos capaces de emitir o procesar información.
De igual modo, los legisladores sustituyeron las distancias fijas de inhibición por perímetros delimitados con rigor técnico. Estas reformas aseguran el derecho a la audiencia previa y a la defensa para las compañías de telefonía antes de la aplicación de eventuales penalizaciones administrativas.
Datos clave
- Sanciones estrictas: Penas de seis a diez años de prisión y multas de hasta Q500 mil por facilitar dispositivos en penales.
- Infraestructura protegida: Los inhibidores de señal serán tratados como activos de seguridad nacional con persecución penal de oficio en caso de daños.
- Control laboral: Prohibición absoluta de teléfonos móviles para custodios y empleados penitenciarios durante su jornada laboral.
- Compras directas: Régimen de adquisición tecnológica excepcional con fiscalización obligatoria de la Contraloría y el Congreso.






