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Caso Hernán Rivas: Hugo Estigarribia cuestiona filtros tardíos del Congreso

Redacción BM Online•4 de octubre de 2026 a las 03:10 p. m.•Asunción

Hombre de traje negro y corbata roja jurando con el brazo derecho extendido frente a un podio institucional.

El desenlace judicial en torno al caso Hernán Rivas volvió a colocar en el centro del debate la responsabilidad institucional que tienen las cámaras legislativas al designar autoridades extrapoder. Tras la condena a ocho años de cárcel dictada contra el exlegislador por usar documentos públicos de contenido falso, desde la presidencia parlamentaria surgió una propuesta para crear una comisión evaluadora de antecedentes. Sin embargo, diversos juristas advierten que implementar estas medidas a destiempo no anula las omisiones previas cometidas por los legisladores en Asunción.

La responsabilidad política en el caso Hernán Rivas

El abogado constitucionalista Hugo Estigarribia manifestó que las cámaras del Congreso siempre contaron con la obligación constitucional de corroborar la idoneidad y los títulos de quienes son propuestos para cargos de alta relevancia. Para el especialista, admitir nuevos mecanismos de control resulta conveniente en términos prácticos, aunque no debe emplearse como un pretexto para disimular la negligencia política que permitió a un parlamentario sin carrera concluida llegar a puestos clave del sistema judicial paraguayo.

Estigarribia enfatizó que las comisiones internas no eximen del compromiso ético y legal que tienen las bancadas partidarias al impulsar a sus postulantes. A su criterio, los primeros filtros debieron funcionar dentro de los propios sectores políticos antes de someter cualquier nombre a la votación del pleno. Cuando las facciones promueven figuras sin un examen riguroso de su capacidad jurídica, terminan vulnerando los requisitos mínimos consagrados en la Carta Magna.

Un precedente que golpeó la credibilidad judicial

La sentencia judicial contra el exrepresentante parlamentario determinó que carecía de respaldo académico que certificara la culminación de sus estudios de Derecho. Pese a esa irregularidad de base, el dirigente accedió a una banca en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y llegó a presidirlo, amparado en resoluciones formales dictadas por el Poder Legislativo. Esas decisiones oficiales otorgaron validez institucional a documentos apócrifos y comprometieron el funcionamiento de los órganos extrapoder encargados de evaluar a jueces y fiscales.

Durante su permanencia en el cuerpo juzgador, la intervención del exparlamentario influyó de manera directa en decenas de resoluciones decisivas para el sistema de justicia. Registros institucionales señalan que intervino en al menos cincuenta y cuatro fallos donde su voto definió mayorías determinantes para sancionar, absolver o archivar causas contra magistrados. Por esta razón, el caso Hernán Rivas trasciende lo estrictamente penal y expone las fallas estructurales en la selección de representantes del Estado.

Los límites de la propuesta legislativa

Frente a este escenario, el titular del Congreso, Basilio Núñez, planteó formalmente establecer una instancia técnica encargada de examinar legajos y títulos universitarios de futuros candidatos al Consejo de la Magistratura y al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. Aunque la iniciativa busca evitar fraudes similares en el futuro, diversos sectores jurídicos advierten que el control documental siempre formó parte de las competencias inherentes de ambas cámaras legislativas.

El debate actual en el ámbito político nacional radica en determinar si el Congreso asumirá una autocrítica profunda sobre el mecanismo de cuoteo partidario o si únicamente sumará burocracia documental. Para analistas constitucionales, pretender que las fallas ocurrieron únicamente por la ausencia de una comisión especial equivale a evadir la responsabilidad de quienes convalidaron las postulaciones en las sesiones plenarias de ambas cámaras.

Datos clave

  • La condena judicial impuso ocho años de prisión al exlegislador por los delitos de producción y uso de documentos públicos con contenido falso.
  • El Tribunal de Sentencia acreditó que no existían registros reales de que el sentenciado haya cursado y terminado la carrera universitaria de Derecho.
  • La propuesta del Congreso contempla la formación de una comisión encargada de revisar legajos de aspirantes a órganos extrapoder.
  • Juristas destacan que la verificación de antecedentes y méritos académicos ya constituía una obligación ineludible de las cámaras legislativas.

Fuente: elnacional.com.py

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