El presidente Bernardo Arévalo formalizó un asueto en Guatemala con goce de sueldo para los funcionarios públicos este lunes 2 de noviembre. La medida traslada de forma excepcional el descanso obligatorio por el Día de Todos los Santos, debido a que el 1 de noviembre coincide con un día domingo. Con esta resolución gubernamental, la jornada laboral quedará suspendida en diversas entidades estatales de la nación centroamericana.
La decisión presidencial se oficializó a través del Acuerdo Gubernativo 178-2026, suscrito el 29 de octubre en la capital guatemalteca. El documento estipula que la fecha se considerará inhábil para el cómputo de plazos y trámites administrativos en todas las instituciones que integran la administración pública, tanto en sus organismos centralizados como en los entes descentralizados.
Alcance del asueto en Guatemala y excepciones laborales
El alcance de este asueto en Guatemala cuenta con límites precisos para no entorpecer el funcionamiento del aparato estatal. La ordenanza no beneficia a los trabajadores cuyos pactos colectivos de condiciones laborales ya contemplan este descanso en un momento distinto. Asimismo, el personal asignado a labores programadas de carácter impostergable deberá cumplir con sus obligaciones habituales.
Por otra parte, la disposición deja afuera a las dependencias que prestan servicios públicos esenciales a la ciudadanía. Las máximas autoridades de cada entidad tienen la obligación de coordinar turnos específicos para asegurar la continuidad de tareas críticas en salud, seguridad y emergencias. El acuerdo administrativo quedó refrendado por la ministra de Trabajo y Previsión Social, Miriam Catarina Roquel, y por el secretario general de la Presidencia, Juan Gerardo Guerrero Garnica.
Fundamentos jurídicos de la decisión presidencial
El Ejecutivo justificó el beneficio en el Decreto 1748 del Congreso de la República, correspondiente a la Ley de Servicio Civil. Dicho marco legal reconoce el 1 de noviembre como feriado remunerado para el personal estatal. Al coincidir con el fin de semana, las autoridades decidieron correr la jornada de descanso al siguiente día hábil para garantizar su cumplimiento efectivo.
La determinación se ampara también en las facultades otorgadas al mandatario por la Constitución Política guatemalteca y la Ley del Organismo Ejecutivo, contenida en el Decreto 114-97. Esta normativa sitúa al jefe de Estado como el administrador superior de los recursos humanos del sector público. Además, el trámite de publicación oficial estuvo exento de costos tarifarios conforme a resoluciones administrativas previas.
Tradiciones populares y conmemoraciones de Todos los Santos
La fecha posee un profundo arraigo cultural y espiritual en el pueblo guatemalteco, combinando liturgias cristianas con costumbres ancestrales. El origen religioso del Día de Todos los Santos se remonta al papa Bonifacio IV en el año 609, festividad que posteriormente el papa Gregorio III fijó en el calendario el 1 de noviembre. Para muchas familias, este tiempo marca el reencuentro simbólico con sus difuntos.
Durante estos días, los cementerios locales se colman de visitantes que adornan las sepulturas con flores, pino y velas encendidas. En el aspecto gastronómico, destaca la elaboración del tradicional fiambre, un platillo frío que llega a combinar hasta cincuenta ingredientes diferentes. La mesa se complementa con postres como ayote en dulce, garbanzos en miel y jocotes.
Las celebraciones populares incluyen manifestaciones destacadas como el vuelo de barriletes gigantes en los municipios de Sumpango y Santiago Sacatepéquez, elaborados con papel de seda y cañas. En Todos Santos Cuchumatán se realizan carreras de caballos ceremoniales con atuendos típicos, mientras que en San José, departamento de Petén, la feligresía acompaña la singular procesión de la Santa Calavera.
Datos clave
- Traslado oficial: El mandatario Bernardo Arévalo fijó el descanso remunerado para el lunes 2 de noviembre por coincidir el feriado original en domingo.
- Servicios esenciales: Los hospitales, cuerpos de seguridad y áreas de emergencia mantendrán turnos para asegurar la atención permanente.
- Marco administrativo: La medida rige para dependencias centralizadas y descentralizadas bajo el Acuerdo Gubernativo 178-2026.






