El presidente Bernardo Arévalo formalizó un nuevo asueto en Guatemala para los funcionarios del sector público con el fin de prolongar el descanso correspondiente a la Revolución de 1944. La disposición gubernamental concede un permiso laboral con goce de sueldo para el lunes 19 de octubre de 2026. Esta resolución unirá el fin de semana previo con el feriado oficial del martes 20 de octubre en todo el aparato estatal.
La determinación fue ratificada mediante el Acuerdo Gubernativo 167-2026, difundido en el Diario de Centro América tras recibir las firmas del mandatario, de la ministra de Trabajo y Previsión Social, Miriam Catarina Roquel, y del secretario general de la Presidencia, Juan Gerardo Guerrero Garnica. De esta manera, las dependencias gubernamentales gozarán de cuatro jornadas continuas de pausa laboral.
Alcance y excepciones del asueto en Guatemala
El permiso laboral comprende de forma directa a quienes prestan servicios en las entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública. El Ejecutivo fundamentó la resolución en las atribuciones conferidas por el artículo 183 de la Constitución Política de la República, además de lo previsto en la Ley de Servicio Civil, normativa que fija el 20 de octubre como descanso remunerado para los trabajadores estatales.
Sin embargo, la medida contempla salvedades específicas para no interrumpir las tareas del Estado. Aquellos servidores cuyo Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo establezca el goce del descanso en una fecha diferente no podrán acogerse al beneficio. Tampoco suspenderán actividades quienes pertenezcan a dependencias vinculadas con la prestación de servicios esenciales o tareas que resulten impostergables.
Para estos casos críticos, las autoridades nominadoras de cada organismo deberán coordinar los turnos indispensables que permitan salvaguardar la atención a la ciudadanía. Conforme a la disposición oficial, el lunes 19 de octubre será catalogado como día inhábil para el cómputo de plazos administrativos, excepto en las áreas operativas expresamente exceptuadas.
Significado histórico de la Revolución de 1944
La conmemoración del 20 de octubre recuerda las jornadas cívico-militares de 1944 que pusieron fin al régimen provisional de Federico Ponce Vaides, luego de más de una década de dictadura bajo el mando de Jorge Ubico. La insurrección estuvo encabezada por una alianza amplia de universitarios, docentes, trabajadores y sectores del ejército nacional.
Aquel levantamiento dio paso a la conformación de una Junta Revolucionaria integrada por Francisco Javier Arana, Jorge Toriello Garrido y Jacobo Árbenz Guzmán. Este acontecimiento inició el período denominado históricamente como la primavera democrática, caracterizado por profundas reformas institucionales y sociales que marcaron la estructura republicana del país centroamericano.
Durante esa etapa se instauró el Código de Trabajo guatemalteco, se fundó el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y se reconoció el sufragio universal para mujeres y sectores analfabetos. En 1945 resultó electo Juan José Arévalo Bermejo, padre del actual gobernante, consolidando un legado cívico que sigue siendo evocado en cada asueto en Guatemala.
Calendario de descansos para el cierre de año
El Código de Trabajo de ese país contempla doce fechas anuales de descanso remunerado. Durante el presente periodo ya se conmemoraron festividades como Año Nuevo, Semana Santa, el Día del Trabajo, el Día del Ejército, el Día de la Asunción y la Independencia patria celebrada en septiembre.
Tras el puente festivo de octubre, el esquema nacional de feriados fija la celebración del Día de Todos los Santos el domingo 1 de noviembre. Finalmente, el año culminará con los tradicionales asuetos de medio turno en las vísperas navideñas y de fin de año, completando el régimen ordinario de licencias laborales del calendario guatemalteco.
Datos clave
- Descanso ampliado: El Ejecutivo concedió permiso remunerado el lunes 19 de octubre de 2026, generando un puente ininterrumpido de cuatro días junto al martes 20.
- Sustento legal: La medida se formalizó mediante el Acuerdo Gubernativo 167-2026, amparado en la Constitución y la Ley de Servicio Civil.
- Servicios esenciales: Los trabajadores de áreas críticas o bajo convenios colectivos específicos no gozarán del día libre y mantendrán guardias obligatorias.
- Memoria cívica: La fecha rememora la Revolución de 1944 y las conquistas sociales impulsadas durante la denominada primavera democrática.






