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Costa Rica excluye la anticoncepción de emergencia de un plan legal para víctimas de violación

Redacción BM Online•24 de octubre de 2026 a las 12:35 a. m.•San José

Caja blanca pequeña entreabierta con pastillas redondas dispersas sobre una mesa de madera oscura con luz tenue

La anticoncepción de emergencia quedó fuera de un proyecto legislativo enfocado en la contención de personas agredidas sexualmente en Costa Rica. Una mayoría de parlamentarias en la Comisión de la Mujer resolvió excluir este fármaco de la propuesta legal identificada como expediente 23.633. La decisión despertó reparos de sectores médicos y agrupaciones civiles.

El dictamen parlamentario reunió seis votos favorables y una postura contraria durante su tratamiento en el órgano legislativo. Quienes apoyaron suprimir el insumo preventivo pertenecen al oficialista Partido Pueblo Soberano y a la bancada del Partido Liberación Nacional. La única legisladora que rechazó esta modificación pertenece al Frente Amplio, quien cuestionó restar protecciones esenciales a las personas vulneradas.

El debate legislativo sobre la anticoncepción de emergencia

La propuesta legislativa pretende otorgar rango formal de ley al mecanismo denominado Protocolo de las 72 Horas. Este esquema regula la asistencia integral que deben ofrecer las instituciones públicas ante agresiones sexuales recientes. El plan abarca contención psicológica, recolección de indicios periciales para procesos judiciales y tratamientos médicos contra enfermedades de transmisión sexual.

En su texto inicial, la norma establecía el suministro oportuno de la pastilla del día después a pedido de la paciente. Al eliminarse esa cláusula, la diputada oficialista Kattia Calvo sugirió que podrían reincorporar la anticoncepción de emergencia bajo ciertas condiciones. La legisladora planteó exigir un test previo de gravidez para verificar que la mujer no estuviera gestando antes del ataque.

La postura científica sobre el fármaco preventivo

La Organización Mundial de la Salud detalla que estas píldoras actúan impidiendo o postergando la ovulación para eludir una fecundación. El organismo internacional recalca que este recurso terapéutico no provoca abortos ni perjudica una preñez previamente establecida en el útero. Por esa razón técnica, la entidad sanitaria descarta la necesidad de aplicar pruebas previas de embarazo antes de suministrar el tratamiento.

Diversos gremios médicos costarricenses censuraron de inmediato la determinación de las congresistas. Representantes de la Asociación de Obstetricia y Ginecología, la Asociación de Pediatría y la Fundación Paniamor manifestaron que condicionar el acceso a requisitos burocráticos resta efectividad al tratamiento preventivo. Estos especialistas recordaron que la respuesta médica debe ser inmediata para resguardar a niñas, adolescentes y mujeres afectadas.

Alcance legal y aplicación del protocolo médico

El cambio efectuado en la comisión legislativa no anula el protocolo sanitario que rige actualmente en los hospitales costarricenses. El medicamento sigue disponible dentro de las prestaciones de salud pública para víctimas de agresión que asisten a urgencias. Lo que acordaron las diputadas fue suprimir la obligación legal expresa de proveerlo en el nuevo proyecto.

El texto normativo continuará su camino de discusión en el plenario de la Asamblea Legislativa de San José. En esas instancias posteriores, las bancadas podrán presentar mociones para restablecer la entrega de anticoncepción de emergencia o fijar requisitos adicionales. Diversos colectivos anunciaron que mantendrán la vigilancia sobre el trámite legislativo para evitar retrocesos en la atención de las víctimas.

Datos clave

  • Decisión legislativa: La Comisión de la Mujer de Costa Rica votó por excluir el medicamento preventivo de un proyecto de ley para víctimas de violación.
  • Votación dividida: La medida prosperó con seis votos favorables de bancadas mayoritarias y un único voto en contra del Frente Amplio.
  • Condición propuesta: El oficialismo sugirió reincorporar la entrega del fármaco únicamente si la paciente se somete a un test previo de embarazo.
  • Criterio médico: La Organización Mundial de la Salud y colegios médicos advirtieron que estas pastillas no son abortivas ni precisan pruebas preliminares.
  • Vigencia actual: La exclusión rige para el proyecto en trámite, por lo que el protocolo hospitalario vigente no ha sido revocado.

Fuente: infobae.com

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